¿Por qué se pedirá a 'Fito' su consentimiento en el proceso de extradición a EE.UU.?
Según la Ley de Extradición de Ecuador, alias 'Fito' deberá consentir o no su extradición a EE.UU. Sin embargo, su criterio no es decisivo.

Tras su captura, alias 'Fito' fue recluido en la cárcel 'La Roca', en Guayaquil.
EFE
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Actualizada:
09 jul 2025 - 12:11
El proceso de extradición de Adolfo Macías, alias ‘Fito’, incluirá un paso que podría acelerar el viaje: consultarle si otorga su consentimiento para ser enviado a Estados Unidos. Sin embargo, una respuesta negativa no será determinante para la decisión final de la Justicia de Ecuador.
“Yo creo que él aceptaría la extradición a Estados Unidos”, dijo John Reimberg, ministro del Interior, en una entrevista con radio La Poderosa este miércoles 9 de julio del 2025, un día después de que EE.UU. solicitara a Ecuador la extradición de alias ‘Fito’.
La Ley de Extradición de Ecuador estipula en su artículo 11 que el Presidente de la Corte Nacional de Justicia invitará al detenido a que “manifieste, con expresión de sus razones, si consiente en la extradición o intenta oponerse a ella”.
El ministro Reimberg ha insistido en que ‘Fito’, cabecilla del grupo Los Choneros, podría preferir enfrentar a la justicia estadounidense porque teme por su vida en Ecuador. “No nos olvidemos que es un delincuente, no todo lo que dice hay que creerle”.
Adolfo Macías fue capturado el 25 de junio del 2025 tras la incursión de fuerzas del Ejército a una vivienda de lujo en Manabí. En el lugar se halló un búnker subterráneo, donde ‘Fito’ se ocultaba. Él estaba prófugo desde enero del 2024.
El consentimiento de 'Fito' no es decisivo
Una vez que alias ‘Fito’ sea presentado ante la Presidenta de la Corte Nacional de Justicia, se realizará la audiencia inicial del proceso de extradición. Allí, el requerido deberá pronunciarse sobre si acepta o no ser extraditado.
Si acepta, se activará el proceso de extradición simplificada, y las autoridades podrán proceder directamente con su entrega a Estados Unidos.
Si se niega, se desarrollará una audiencia en la que la Fiscalía argumentará a favor de la extradición y la defensa del detenido expondrá las razones para oponerse. El requerido incluso podría intervenir en la audiencia sin juramento.
Luego de la audiencia, en el plazo de tres días, la Presidencia de la Corte Nacional deberá emitir una sentencia concediendo o negando la extradición solicitada.
La decisión final recae sobre el titular de la Corte Nacional de Justicia. Aunque, esa decisión también podrá ser apelada por cualquiera de las partes y deberá ser resuelto por un Tribunal conformado por jueces de la Sala Penal.
El artículo 14 de la Ley de Extradición también establece que si el Tribunal acepta la extradición, no será vinculante para el Jefe de Estado ecuatoriano, quien directamente o a través del Ministro de Gobierno, podrá denegarla.
En febrero de 2024, el Gobierno de EE.UU. impuso sanciones contra 'Los Choneros' y 'Fito', para que queden bloqueadas todas las propiedades e intereses en propiedades que se encuentran en suelo estadounidense o en posesión o control de personas estadounidenses.
En abril pasado, el mismo Gobierno estadounidense acusó formalmente al cabecilla criminal de siete cargos por los cuales es procesado, entre ellos conspiración para la distribución internacional de cocaína, uso de armas de fuego y contrabando de armas de fuego.
¿Cómo es el proceso de extradición de un ecuatoriano?
1. Solicitud formal: El Estado requirente (en este caso, Estados Unidos) presenta una solicitud formal de extradición a través de los canales diplomáticos (su Embajada entrega el pedido a la Cancillería).
2. Revisión Legal: La Corte Nacional de Justicia de Ecuador revisa la solicitud y verifica que cumpla con los requisitos legales y del tratado.
3. Justicia: La Corte Nacional de Justicia toma una decisión sobre la solicitud de extradición, considerando si se cumplen las condiciones establecidas en la ley y el tratado internacional. Por ejemplo, el delito por el cual el país requiriente solicita la extradición debe estar tipificado en la legislación del país requerido.
4. Decisión: Si el Presidente de la Corte Nacional de Justicia autoriza la extradición el caso será remitido a la Presidencia de la República. El Mandatario decidirá, en última instancia, si da paso o no a la extradición. En caso de que en la Corte se niegue el pedido de extradición, el Presidente de Ecuador no podrá revertir el fallo.
5. Entrega: Si la extradición es concedida, el individuo es entregado a las autoridades del Estado requirente.
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