¿Puede votar el domingo 15 de octubre si no sufragó en la primera vuelta?

Las personas que no acudieron a votar en la primera vuelta de las elecciones anticipadas, el 20 de agosto del 2023 en Ecuador, deben pagar una multa de 45 dólares. El Código de la Democracia establece una multa del 10% de un Salario Básico Unificado (SBU).

Si una persona que no sufragó no ha cancelado la multa, sí podrá sufragar el domingo 15 de octubre. Sin embargo, eso no le exime de pagar el valor al Consejo Nacional Electoral (CNE), ya que solo de esa manera el organismo emitirá el certificado que en el país es un requisito para realizar todo tipo de trámites.

Lo mismo sucede si fue elegido miembro de Junta Receptora del Voto y no se presentó. En este caso, la multa es de 67,50 dólares, es decir, el 15% de un SBU.

Estas sanciones se encuentran estipuladas en el artículo 292 del Código de la Democracia.

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¿Cómo saber si tengo multas?

Para consultar si registra alguna deuda pendiente con el CNE siga los siguientes pasos:

  1. Ingrese al sitio web del CNE en el apartado consultar multas
  2. Ingrese su número de cédula.
  3. Complete el código de seguridad.
  4. En la página se desplegará la información correspondiente.

Para cancelar los valores adeudados con el CNE por cualquier tipo de infracción deberá acercarse personalmente a cualquiera de las delegaciones provinciales del organismo electoral. Debe portar su cédula de identidad o pasaporte.

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