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AMT sanciona a 39 vehículos diarios por exceso de velocidad en av. Simón Bolívar y Ruta Viva

470 vehículos fueron detectados excediendo los límites de velocidad en apenas 12 días de controles en la av. Simón Bolívar y la Ruta Viva.

AMT aplica sanciones a conductores que exceden los límites de velocidad

Quito Informa

Autor

Redacción Teleamazonas.com

Actualizada:

24 nov 2025 - 19:02

Son 39 vehículos sancionados diariamente por la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT), en los últimos 12 días, del 12 al 23 de noviembre del 2025.

Los operativos fueron ejecutados en la avenida Simón Bolívar y la Ruta Viva y la cifra de sancionados confirma, según la AMT que el exceso de velocidad sigue siendo una de las principales causas de siniestros en la capital.

Ante este incremento de siniestralidad que registra la ciudad la AMT refuerza los operativos preventivos, utilizando cinemómetros, dispositivos láser que miden la velocidad con precisión.

De los 470 conductores que excedieron los límites permitidos, los controles arrojaron estos resultados:

  • 126 conductores dentro del rango moderado.
  • 344 fuera del rango moderado
  • Por tipo de vehículo: 327 livianos, 53 motocicletas, 71 pesados y 38 buses.

Las velocidades más altas registradas con 16 cámaras que monitorean los puntos críticos en la av. Simón Bolívar y Ruta Viva fueron:

  • Liviano: 138 km/h
  • Pesado: 101 km/h
  • Motocicleta: 91 km/h
  • Bus: 90 km/h

La AMT recordó cuáles son los límites de velocidad permitidos en los diferentes sectores de la ciudad y según el tipo de vehículo:

Vehículos livianos y motocicletas

  • Zona urbana: 50 km/h – moderado de 50 a 60 km/h
  • Sector perimetral: 90 km/h – moderado de 90 a 120 km/h
  • Rectas en carreteras: 100 km/h – moderado de 100 a 135 km/h
  • Curvas: 60 km/h – moderado de 60 a 75 km/h

Transporte público

  • Zona urbana: 40 km/h – moderado de 40 a 50 km/h
  • Sector perimetral: 70 km/h – moderado de 70 a 100 km/h
  • Rectas en carreteras: 90 km/h – moderado de 90 a 115 km/h
  • Curvas: 50 km/h – moderado de 50 a 65 km/h

Transporte de carga

  • Zona urbana: 40 km/h – moderado de 40 a 50 km/h
  • Sector perimetral: 70 km/h – moderado de 70 a 95 km/h
  • Rectas en carreteras: 70 km/h – moderado de 70 a 100 km/h
  • Curvas: 40 km/h – moderado de 40 a 60 km/h

La normativa vigente establece límites diferenciados según el tipo de vehículo y la zona de circulación, tanto para livianos, motos, transporte público y transporte pesado. Cuando estos límites se superan, la ley sanciona a los conductores de la siguiente manera:

  • Rango moderado (COIP Art. 389-6): multa del 30% del salario básico unificado.
  • Fuera del rango moderado (COIP Art. 386-1): 1 salario básico unificado y reducción de 10 puntos en la licencia.