En un allanamiento a una vivienda en las calles 17 y Febres Cordero de Guayaquil se hallaron archivos audiovisuales con imágenes de niñas, niños y adolescentes; un caso de pornografía infantil que ha puesto en alerta a la Fiscalía.
En la casa se encontraban Juan Gabriel M. L., Lubia Monserrate C. R. y sus dos hijos, menores de edad. La pareja de esposos fue detenida y procesada por la Fiscalía del Guayas, acusada por su presunta participación en el delito de comercialización de pornografía infantil.
El operativo se ejecutó la madrugada del martes 13 de septiembre del 2022, en el suroeste de Guayaquil.
El juez de Garantías Penales, Humberto Barzola, dictó prisión preventiva en contra de los esposos, para quienes dispuso el traslado a un centro penitenciario de esta ciudad. La Instrucción fiscal durará noventa días.
Contexto
La Fiscalía inició una investigación el 3 de mayo de 2022, tras recibir un informe de la Dirección Nacional de Policía Especializada para Niños, Niñas y Adolescentes (Dinapen), que indicaba que, por denuncias reservadas, se conoció que la pareja publicaba material pornográfico en redes sociales y que lo enviaba por correos electrónicos a terceros.
A esto se sumó la información de las plataformas de Facebook, en la que asistió el Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (HSI).
El operativo, dirigido por la Fiscalía y coordinado con la Dinapen, se ejecutó con una boleta de detención dispuesta por un Juez de Garantías Penales.
En el lugar, las autoridades se incautaron de dispositivos electrónicos con archivos audiovisuales que contenían imágenes de niñas, niños y adolescentes, cuyas edades oscilan entre 1 y 18 años.
Según la Policía Nacional, los menores que vivían con la pareja detenida no estarían expuestos en el material gráfico. La Dinapen los entregó a un familiar que llegó al sitio.
Los detenidos fueron trasladados a la Unidad Cuartel Modelo y puestos a órdenes de las autoridades judiciales, a la espera de la audiencia de formulación de cargos.
Información jurídica
La Fiscalía procesó este caso con base en el artículo 104 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de comercialización de pornografía con utilización de niños, niñas y adolescentes con una pena privativa de libertad de diez a trece años.