Actualizado 14:00
Redacción Teleamazonas.com |
Dos hechos violentos conmocionaron a Quito en las últimas 24 horas. Hombres con cuchillo y machete atemorizaron a conductores y transeúntes al pelear con otros personas en la avenida Naciones Unidas y Valle de Los Chillos.
El primer caso ocurrió la mañana del lunes. Un hombre utilizó un machete para agredir a otro en las avenidas Naciones Unidas y 10 de Agosto, norte de la capital. De forma extraoficial, se conoce que uno de los involucrados trabaja como limpiaparabrisas en el sector.
Mientras que el segundo hecho ocurrió en el Valle de Los Chillos, suroriente de Quito. Durante la noche del viernes 9 de mayo, un hombre se baja de su vehículo y amenaza al conductor de otro automóvil con un cuchillo.
Ciudadanos captaron los hechos en video y los viralizaron en redes sociales. Además, pidieron incrementar los controles para evitar que las personas circulen por las vías con este tipo de armas blancas.
Portar armas blancas en espacios públicos en Quito está prohibido y se sanciona con una multa de medio salario básico unificado, 235 dólares, para infracciones en espacios públicos generales. Mientras que en espacios turísticos, parques metropolitanos y transporte público, la multa asciende a un salario básico unificado, 470 dólares.
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El personal de la Agencia Metropolitana de Control (AMC) es el encargado de controlar el porte de armas blancas. En el artículo 478 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) se señala como este tipo de armas a elementos cortantes, punzantes, corto punzantes y corto contundentes tales como cuchillos, navajas, puñales, puñaletas, punzones, manoplas, cachiporras, machetes, garfios, leznas, mazos, hachas, cortaplumas, patas de cabra, estoques, dagas, sables, espadas o cualquier otro objeto con características similares.
Además, en esta normativa se señala que la Fuerza Publica podrá retirar las armas blancas encontradas durante los registros realizados en espacios públicos, en lugares de concentración pública, espectáculos públicos, escenarios deportivos o de concurrencia masiva; en el servicio público de transporte, en las
instituciones educativas de todos los niveles, respetando la autonomía universitaria; excepto utensilios domésticos y herramientas de trabajo empacadas.
El retiro de estos objetos se exceptuará en aquellos casos en los que las personas evidencien que su utilización es específica y comprobable en actividades laborales, profesionales o de comercio en espacios públicos.
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