Cuenca: Juez niega medidas cautelares por eliminación de la tasa de basura en planilla de luz
Según resolución judicial, EMAC incumplió desde 2019 la disposición legal que le daba 180 días para adecuar su ordenanza y sus convenios.

Los trabajadores de la Empresa Pública Municipal de Aseo de Cuenca (EMAC EP) realizaron una protesta por el anuncio del Gobierno.
Tomado de redes sociales
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Actualizada:
20 oct 2025 - 12:57
La Empresa Pública Municipal de Aseo de Cuenca (EMAC EP) tuvo un revés jurídico. El juez Alfredo Serrano Rodríguez, de la Unidad Judicial Penal de Cuenca, negó la acción constitucional de medidas cautelares presentada por EMAC, tras la decisión del Gobierno de Daniel Noboa de eliminar el cobro de la tasa de recolección de basura en las planillas de luz eléctrica.
Serrano Rodríguez rechazó la solicitud de EMAC EP, representada por su gerente María Caridad Vásquez Quezada, al considerar que no existía una amenaza inminente ni un daño irreparable a derechos constitucionales que justificara la medida cautelar.
La acción legal buscaba frenar la decisión del Gobierno que ya no permitirá el cobro de la tasa de recolección en las planillas de noviembre y donde se refleja el consumo de octubre. Al igual que en Cuenca, el Municipio de Quito también impulsó una acción legal para intentar mantener el cobro de la tasa hasta diciembre que rige el convenio.
Según la resolución judicial, la EMAC EP incumplió desde 2019 la disposición legal que le daba 180 días para adecuar su ordenanza y sus convenios al artículo 60 de la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica, que exige que las tasas municipales se cobren de forma separada de la factura eléctrica.
El juez señaló que, al no haberse cumplido, los convenios firmados con la Empresa Eléctrica Centro Sur no tienen sustento jurídico desde enero de 2020. Durante el proceso, la empresa de aseo advirtió que el retiro del cobro conjunto pondría en riesgo su liquidez, afectando la recolección de residuos y provocando una posible crisis sanitaria y ambiental en Cuenca.
Sin embargo, el juez concluyó que el eventual perjuicio no era inmediato, ya que la propia empresa admitió que podría operar hasta dos meses sin ingresos de la tasa, y que el problema radica en una omisión administrativa prolongada.
En su sentencia, Serrano enfatizó que no puede alegarse vulneración de derechos constitucionales cuando la situación deriva de la falta de cumplimiento de obligaciones legales por parte del Municipio. La resolución ordena remitir el fallo a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
Según las cifras del Municipio de Cuenca a través de este mecanismo se recauda cerca de 20 millones de dólares al año.
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