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¿Cómo pueden reclamar los usuarios demoras en sus trámites judiciales en Pichincha?

Los usuarios externos del sistema de justicia pueden utilizar el formulario F06 para reportar retrasos en el trámite de causas.

Usuarios externos del sistema de justicia de Pichincha pueden presentar quejas y reclamos por demora en trámites judiciales

Pixabay

Autor

Ana Rosero

Actualizado:

24 oct 2026 - 15:00

Los usuarios del sistema de justicia de Pichincha que consideren que existe una demora en el trámite de una causa pueden presentar una queja o reclamo mediante el formulario F06, habilitado por el Consejo de la Judicatura (CJ).

El documento puede descargarse desde la página web de la Función Judicial y debe ser completado por la persona interesada.

¿Qué información debe incluir el formulario?

Para presentar el requerimiento, el usuario debe registrar en el formulario F06 información relacionada sobre el proceso judicial, entre ella:

  • Número de causa judicial.
  • Una explicación sobre la petición realizada.
  • El tiempo transcurrido desde que se presentó el trámite inicial.
  • La solicitud concreta que formula el usuario.

Una vez lleno, el formulario debe ser entregado al delegado de la Dirección Provincial o al asistente operativo de las dependencias judiciales de Pichincha.

¿Qué ocurre después de presentar el reclamo?

El funcionario que recibe el documento tiene un plazo máximo de 24 horas para remitirlo al Coordinador de Gestión Procesal.

A partir de ese momento, se revisa y contrasta la información registrada en el sistema judicial para determinar si corresponde dar paso a la solicitud.

Si se identifica una posible demora procesal, se comunica el caso mediante correo electrónico al juez del caso y a su equipo jurisdiccional, quienes deberán despachar los escritos retrasados en un plazo máximo de 72 horas.

El usuario será informado sobre la atención de su requerimiento a través del Sistema de Gestión Documental y por correo electrónico, de manera que quede constancia del trámite realizado.

El Consejo de la Judicatura aclaró que la aplicación del Formulario F 06 no constituye una intromisión en el principio de independencia judicial.

"La aplicación y el uso del formulario F06, de ninguna manera, significan una intromisión al principio de independencia judicial y a las decisiones que adopten los jueces en cada uno de los procesos que tramitan", indicó el Consejo de la Judicatura (CJ)