3 claves para entender la reforma que permitirá bases militares extranjeras en Ecuador
Para eliminar la prohibición de instalación de bases militares extranjeras en el país, no solo basta la aprobación de la Asamblea. Se deben cumplir más requisitos.

Miembros de la Fuerza Aérea de Estados Unidos patrullando la aérea en Manta en Ecuador, el 23 de octubre de 2008.
AFP
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Actualizada:
03 jun 2025 - 18:06
La aprobación de la reforma constitucional en la Asamblea Nacional, que permitiría la instalación de bases militares extranjeras en territorio ecuatoriano, marca un hito. Sin embargo, para que esto entre en vigencia no solo basta el respaldo del Legislativo, se deben cumplir más requisitos.
Con 82 votos afirmativos, el Pleno de la Asamblea aprobó, este martes 3 de junio del 2025, un reforma parcial al artículo 5 de la Constitución para eliminar la prohibición de establecer bases militares extranjeras en el país.
Actualmente, el artículo 5 de la Carta Magna establece lo siguiente: "El Ecuador es un territorio de paz. No se permitirá el establecimiento de bases militares extranjeras ni de instalaciones extranjeras con propósitos militares. Se prohíbe ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras".
Sin embargo, con la aprobación de la Asamblea se abre la posibilidad de eliminar esta prohibición de la Constitución. Según el Parlamento, esta decisión tiene como objetivo "fortalecer la cooperación internacional en la lucha contra el crimen organizado transnacional".
Para que se permita la instalación de bases militares extranjeras en la país se deben cumplir ciertos requisitos legales. Uno de los principales es que esta reforma parcial debe ser sometida a un referéndum.
Tres claves para que entre en vigencia la reforma parcial
Análisis de la Corte Constitucional
- Luego de que la reforma parcial a la Constitución fue aprobada por la mayoría del Pleno de la Asamblea Nacional, el documento debe ser remitido a la Corte Constitucional. Este organismo tiene un plazo de 20 días para analizarlo.
Referéndum
- Como lo establece el artículo 442 de la Constitución de Ecuador, una vez aprobado el proyecto de reforma constitucional se convocará a un referéndum dentro de los siguientes 45 días.
Votos necesarios
- Para que se apruebe el referéndum se requerirá al menos la mitad más uno de los votos válidos emitidos. Dentro de los siete días posteriores, el Consejo Nacional Electoral (CNE) dispondrá su publicación. De esa forma entrará en vigencia.
La modificación constitucional, aprobada este martes 3 de junio, se debatió sobre la base del proyecto presentado por el presidente Daniel Noboa, el pasado 17 de octubre, el dictamen de la Corte Constitucional y el informe remitido por la Comisión Especializada Ocasional conformada para el tratamiento de dicha iniciativa.
La reforma parcial tuvo el respaldo de una facción de Pachakutik, Partido Social Cristiano y Acción Democrática Nacional (ADN).
La legisladora ponente del informe, Nataly Morillo, destacó que con la aprobación de esta reforma, “el Estado ecuatoriano dará un paso importante en su lucha contra el crimen organizado transnacional, el narcotráfico, la minería ilegal, la trata de personas, el tráfico de armas y toda la violencia que emerge de estos mercados criminales que afecta a la vida cotidiana de nuestras familias”.
Por su parte, la legisladora Nuria Butiñá, de la bancada de la Revolución Ciudadana, advirtió que la reforma constitucional podría dejar abierta la posibilidad de que decisiones políticas coyunturales comprometan de forma irreversible la soberanía territorial y militar del Estado.
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