¿Reemplazar nombres o invertir apellidos?; paso a paso para cambiar el nombre en Ecuador
El cambio de nombres o apellidos debe realizarse de forma presencial en el Registro Civil. El proceso tiene un costo de 12 dólares.

Los ecuatorianos pueden cambiar su nombre por una sola vez.
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Actualizada:
25 jul 2025 - 16:29
Motivos personales, familiares o de gustos pueden impulsar a una persona a cambiarse el nombre en Ecuador. Este trámite requiere de varios requisitos y una validación legal.
La única entidad autorizada para realizar el proceso es el Registro Civil, en primera instancia. Aquí el procedimiento será oficial, seguro y bajo ciertas condiciones para adultos y menores de edad.
El procedimiento para modificar nombres o apellidos se encuentra respaldado por los artículos 78 y 79 de la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles. Este proceso solo se puede realizarse una vez por vía administrativa.
¿En qué casos se puede cambiar de nombre?
La normativa ecuatoriana permite realizar las siguientes modificaciones en el Registro Civil:
- Surprimir un nombre si tiene tres
- Invertir el orden de los nombres
- Agregar un nombre si tiene uno solo
- Cambiar el orden de los apellidos. Es decir, colocar primero el apellido materno o paterno
¿Quién puede acceder a este trámite?
El proceso puede ser solicitado por ecuatorianos mayores de 18 años o extranjeros residentes con cédula ecuatoriana. También pueden realizar los padres o representantes de menores recién nacidos para cambios dentro de los 90 días.
Paso a paso para realizar el cambio de nombre
Para mayores de edad
Los ciudadanos interesados deben cumplir los siguientes requisitos: ser mayores de 18 años, tener una cédula de identidad vigente, el comprobante de pago, y el carné de discapacidad en caso de tenerlo. El proceso es el siguiente:
Para este proceso los costos son: 10 dólares por el trámite y dos dólares por la rectificación. El proceso es el siguiente:
- En una agencia del Registro Civil solicite el servicio
- En el lugar se verificará el cumplimiento de requisitos
- Realice el pago correspondiente en el banco o punto de recaudación de la agencia y obtenga un turno
- Presentese en el módulo correspondiente el día y hora señalado en su turno
- Entregue la documentación requerida
- Verifique y firme el documento con los datos del cambio de nombre
Para menores de edad
El cambio de nombre de un menor de edad solo es posible en un plazo de 90 días posteriores al nacimiento. Los motivos para acceder al proceso es la corrección de errores.
La decisión debe ser concensuada por los padres y los requisitos son los mismos que se aplican para los adultos.
¿Puedo colocar primero el apellido materno o paterno?
Este proceso solo se puede realizar con una posesión notoria. La persona que se encuentre en uso de apellidos que no sean los que consten en su inscripción de nacimiento podrá cambiarlos por una sola vez previa la comprobación de la posesión notoria e ininterrumpida.
Para los casos de menores de 10 años de edad, la posesión notoria se verificará cuando la utilización del o los apellidos sea durante toda su vida.
El trámite tiene un costo de 10 dólares por cambios de apellidos y dos dólares por rectificación de datos.
Los requisitos son: documentos que validen la posesión del apellido por el período mínimo requerido, cédula de identidad y comprobante de pago del trámite. Para lograr el cambio debe seguir los siguientes pasos:
- Acudir a una agencia del Registro Civil y solicitar el trámite en el módulo de información.
- Entregar la documentación probatoria
- Confirmar los datos y firmar los documentos
Si no se cumplen las condiciones y requisitos para la posesión notoria de apellido en la vía administrativa, el trámite será ventilado en sede judicial. Además, en el acto de inscripción de la unión de hecho, la madre biológica podrá autorizar que su hijo o hija menor de edad, use los apellidos de su conviviente a efecto de permitir el inicio de la posesión notoria de apellidos
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