Autorizan la comercialización de repuestos y atención en los talleres de mantenimiento vehicular

El Ministerio de Transporte y Obras Públicas autorizó la prestación del servicio de mantenimiento y reparación de vehículos y sus partes, a escala nacional sin restricción de placa y horario de Toque de Queda.

Dentro del cual se incluyen el traslado y comercialización de repuestos, (incluyendo neumáticos, baterías, lubricantes y demás autopartes) y productos necesarios para el mantenimiento de los vehículos que pertenecen a la cadena logística de transporte.

Además pueden circular sin restricción los vehículos en los que se movilicen los trabajadores de mecánicas, vulcanizadoras, lubricadoras y demás talleres que presten servicio de mantenimiento y reparación a los transportes habilitados para circular conforme el Decreto 1017, las Resoluciones del COE Nacional y el presente Acuerdo.

Los vehículos particulares, que requieran movilizarse a los diferentes talleres de mantenimiento o reparación de vehículos, podrán circular conforme las restricciones vehiculares de placa y el horario de Toque de Queda.

Cabe recalcar que esta disposición «NO aplica para los vehículos de carga liviana, mixta y pesada, taxis, institucionales y demás habilitados para circular en Estado de Excepción, que requieran mantenimiento o reparación vehicular».

El Ministerio de Transporte y Obras Públicas invitó a los trabajadores de los talleres mecánicos ubicados en los corredores logísticos, a brindar sus servicios en horarios extendidos e implementar protocolos internos de bioseguridad.