Copia de cédula y certificado de votación no es requisito para trámites

La copia de cédula o certificado de votación no es requisito para la realización de trámites en el sector público.

El presidente Guillermo Lasso firmó un decreto que lo recuerda, donde además establece que los documentos oficiales sean redactados con términos claros y sin formulismos.

Un exdirector del Registro Civil asegura que sí existe un sistema que interconecta la información con la entidades públicas, es decir que es viable cumplirlo.

Lasso, mediante el Decreto Ejecutivo N°85, suscrito la tarde del miércoles 16 de junio, establece los lineamientos para la brevedad y eficiencia en la realización de todo tipo de informes, dictámenes y otros actos de simple administración que deben cumplir las entidades de régimen público central, institucional y dependiente del Ejecutivo.

Con la normativa, según la Secretaría de Comunicación de la Presidencia, «se optimizará el tiempo de los funcionarios con la elaboración de estos insumos bajo los siguientes parámetros: mantener párrafos cortos y concisos; conclusiones claras; y evitar la transcripción de un texto completo que hace referencia a un informe o criterios de otras dependencias.»

Además, con el Decreto Ejecutivo N°84 cambia el nombre de la Secretaría Técnica de Planificación Planifica Ecuador por el de Secretaría Nacional de Planificación.

Con esto, a partir de 30 días, la entidad deberá realizar todas las acciones administrativas, jurídicas y de talento humano para la aplicación de la normativa presidencial.

Con información de www.comunicacion.gob.ec