Reforma tributaria: Cambios en cálculo de la rebaja de impuesto a la renta

Luego de que la Corte Constitucional aprobara el 16 de junio de 2023 la reforma tributaria, conocida también como Ley para el Fortalecimiento de la Economía Familiar, se registrarán algunos cambios para el cálculo del Impuesto a la Renta.

Los ciudadanos que deseen beneficiarse de una rebaja en el pago de esta contribución deberán actualizar su proyección de gastos personales. Para ello, se deberá acceder al formulario donde ya consta el casillero para declarar el número de cargas familiares. Lo puede encontrar en https://www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos.

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Con ello, los cambios que se realizarán son los siguientes:

1. Límite de gastos personales

Con la reforma tributaria aumenta el límite de la rebaja según el número de cargas familiares y el gasto personal puede llegar a los 15 294 dólares. Hace unos meses se fijó en 5 000 dólares.

Cargas familiaresGasto deducible máximo (USD)Rebaja en impuestos (USD)
05  353964
16 8821 239
28 4121 514
310 7061 927
413 0002 340
515 2942 753

2. Beneficios por enfermedades catastróficas

Para las personas naturales con o a cargo de personas con enfermedades catastróficas el monto a reducir será el máximo (15 294 dólares). Esto sin importar el número de personas que integren el hogar.

3. ¿Quiénes son cargas familiares?

Se considera cargas familiares a las siguientes personas:

  • Hijos hasta 21 años
  • Padres que dependan económicamente del contribuyente
  • Parejas o cónyuges que no tengan actividad económica ni ingresos económicos
  • Hijos, parejas o cónyuges con enfermedades catastróficas.

4. Gastos deducibles por mascotas

Otra de las novedades de la reforma es un nuevo gasto para deducir. Se mantienen los consumos por:

  • Vestimenta
  • Educación
  • Alimentación
  • Turismo
  • Salud

Y se incluirán los gastos que correspondan a las mascotas.

El nuevo esquema de deducciones para el Impuesto a la Renta entrará en vigencia de manera inmediata, es decir, para la renta generada por el contribuyente en el período de enero a diciembre de 2023.

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