El feriado por el Primer Grito de Independencia no tendrá reducción del IVA en Ecuador
El próximo feriado nacional por el Primer Grito de la Independencia se extenderá desde el sábado 9 hasta el lunes 11 de agosto del 2025.

Los feriados en Ecuador son una oportunidad para incentivar el turismo.
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Actualizada:
08 ago 2025 - 16:11
Ecuador vivirá un feriado nacional por la conmemoración del Primer Grito de la Independencia que se extenderá desde el sábado 9 hasta el lunes 11 de agosto del 2025.
El Ministerio de Turismo informó, este viernes 8 de agosto del 2025, que para el feriado del 10 de Agosto no habrá reducción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para el consumo turístico.
Es decir, no se aplicará la rebaja del IVA del 15% al 8% en hospedajes, alimentación y otros servicios relacionados con la actividad turística. Esta reducción del impuesto sí se aplicó en anteriores feriados como el de Carnaval o el de Semana Santa.
Sin embargo, la Cartera de Estado explicó que para los días de descanso por el 10 de Agosto no se podrá aplicar la misma reducción porque aún está en proceso la expedición del Reglamento General de aplicación de la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Áreas Protegidas.
“Para proceder con este beneficio para el sector es necesaria la expedición del Reglamento General de aplicación de la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Áreas Protegidas, mismo que está en elaboración dentro de los tiempos previstos", señaló el Ministerio de Turismo.
Relación entre la Ley y la reducción del IVA en feriados
La Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Áreas Protegidas, aprobada por la Asamblea Nacional el pasado 10 de julio, modificó la Ley de Régimen Tributario Interno (Lorti).
La nueva norma modificó el artículo 65 de la Lorti, que establecía que el Presidente podía reducir al 8% la tarifa del IVA, mediante un Decreto Ejecutivo, como máximo hasta 12 días al año.
En lo que va de 2025, el Gobierno ya había agotado el beneficio de reducción de IVA los 12 días que permitía la Ley, en los feriados de Año Nuevo (cinco días), Carnaval (cuatro días) y Semana Santa (tres días).
Sin embargo, con la aprobación de la Ley de Fortalecimiento de las Áreas Protegidas, el Ejecutivo tendrá la posibilidad de reducir el IVA al 8% en el resto de feriados que le quedan al año. Sin embargo, solo falta que se expida el Reglamento.
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