Tabla de drogas, donaciones, indultos... así quedó la Ley de Solidaridad Nacional en Ecuador

La Asamblea aprobó la Ley de Solidaridad Nacional para combatir el crimen organizado. Conozca cuáles son las claves de esta normativa. 

Miembros de las Fuerzas Armadas durante un operativo de control en la parroquia rural Posorja, en Guayas.

Miembros de las Fuerzas Armadas durante un operativo de control en la parroquia rural Posorja, en Guayas.

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Autor

Redacción Teleamazonas.com

Actualizada:

09 jun 2025 - 11:26

Donaciones para el fortalecimiento de las fuerzas del orden, indulto presidencial diferido, uso de la fuerza, y el retorno de una tabla para el consumo de drogas. Estos son algunos de los puntos que se aprobaron en la Ley de Solidaridad Nacional que aprobó el Legislativo la noche del sábado 7 de junio del 2025.

La iniciativa se aprobó con 84 votos a favor, principalmente del Movimiento Acción Democrática Nacional (ADN) y de Pachakutik. Mientras que los 46 votos en contra fueron de los legisladores de la bancada Revolución Ciudadana (RC).

Esta ley busca hacer frente a las economías criminales. La Comisión de Desarrollo Económico hizo cambios importantes al texto que envió el Ejecutivo con carácter de económico urgente.

Indulto presidencial diferido

Uno de los cambios fue el que se hizo al indulto presidencial diferido. El texto establece que el Presidente de la República podrá indultar a los miembros de la Fuerza Pública, pero este beneficio solo será válido cuando ya exista una sentencia.

“Hoy el indulto será voluntad del Decreto Presidencial pero diferido, esperando que exista una sentencia que establezca responsabilidad y solo ahí tendrá validez jurídica”, indica el constitucionalista José Chalco.

Esta medida está excluida para quienes estén procesados por delitos de desaparición forzada, homicidio, tortura, entre otros.

Regreso de la tabla del consumo de drogas

La sexta disposición reformatoria de la Ley dispone modificar el artículo 228 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) para definir los parámetros para determinar el uso o consumo personal de drogas.

“Los parámetros para determinar la tenencia o posesión de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan, destinadas al consumo personal, se determinará y actualizará mediante una resolución conjunta entre el Ministerio de Salud Pública, Fiscalía General del Estado y Consejo de la Judicatura”, reza el texto.

Para Chalco, lo que se hace con este párrafo es “establecer nuevamente una tabla de consumo a través de una nueva reforma a la Ley penal de Ecuador”.

Donaciones a cambio de beneficios fiscales

La normativa también establece donaciones para la fuerza pública, tanto de empresas nacionales e internacionales, lo que se traduce en reducción de impuestos y acuerdos de cooperación.

Nino Castanello, abogado penalista, explica que esto facilita el proceso de obtención de insumos para las Fuerzas Armadas que muchas veces están a merced de la contratación pública.

La Ley señala que la fuerza pública puede recibir bienes inmuebles, equipamiento y suministros nuevos, en condiciones óptimas para su uso. A cambio las empresas recibirán beneficios tributarios para la declaración del impuesto a la renta.

Cambios en la prisión preventiva y nuevos delitos

La normativa amplió los plazos para las detenciones en flagrancia y determinó que esta pasa de 24 a 72 horas en delitos relacionados con el crimen organizado. Además, establece que la prisión preventiva sea una medida principal y se resolverán en una sola audiencia.

Además, los sentenciados no podrán acceder a beneficios penitenciarios hasta que cumplan con la reparación integral solicitada por la Fiscalía y aprobada por un juez.

Además, las armas incautadas a grupos armados pasarán directamente al uso de la Policía o Fuerzas Armadas, previa autorización judicial. Se introduce un procedimiento especial para declararlas bienes estatales.

La Ley de Solidaridad también creó el delito de pertenencia a grupos armados organizados, que se sanciona con una pena privativa de la libertad de hasta 26 años de cárcel.

En la normativa, se amplía la tipificación de delitos conexos, incluyendo actividades como lavado de activos, tráfico de armas, extorsión, minería ilegal, trata de personas, y el reclutamiento de menores.