Estas son las cinco razones por las que el IESS puede negar la jubilación por invalidez
La jubilación por invalidez es una prestación económica para quienes no pueden trabajar por una incapacidad física, funcional o mental.

El afiliado del IESS puede solicitar su jubilación por invalidez a través de la página web del IESS
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Actualizada:
20 sep 2025 - 12:00
La jubilación por invalidez es un beneficio económico que otorga el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) a los afiliados que, debido a una enfermedad, presentan una alteración física, funcional o mental que los incapacita para trabajar.
Sin embargo, no todos los solicitantes logran acceder a esta prestación, pues existen cinco causales por las cuales el IESS puede rechazar el pedido.
De acuerdo con la Ley de Seguridad Social y el Reglamento para la calificación y revisión de la jubilación por invalidez, estas son las causales específicas por las cuales se puede negar la solicitud:
- Cuando la incapacidad se produce porque el afiliado se encontraba bajo los efectos del alcohol, sustancias psicotrópicas o cualquier otro tóxico.
- Si el afiliado provoca su invalidez intencionalmente o por pedido de terceras personas.
- En casos de intento de suicidio.
- Cuando el asegurado sufre una incapacidad tras cometer un delito intencional, según una sentencia judicial ejecutoriada.
- Cuando no cumple con los criterios de inclusión para la calificación de la incapacidad para laborar o invalidez, establecidos en el Reglamento.
Requisitos para solicitar la jubilación por invalidez en Ecuador
El IESS establece que todo afiliado que tenga una enfermedad diagnosticada con estudios médicos especializados, y que haya recibido tratamiento por más de seis meses sin respuesta terapéutica favorable o con secuelas permanentes, puede solicitar este beneficio siempre que cumpla las siguientes condiciones:
- Cumplir con el tiempo de cotización mínima en el Seguro General, según sea el caso para afiliado activo o cesante.
- Tener cancelados todos los aportes.
- No estar en mora con el IESS, como empleador.
- No debe tener generado un aviso de accidente o de enfermedad profesional en riesgos del trabajo por la misma contingencia.
- No debe tener generada una solicitud de jubilación (vejez o discapacidad).
- Tener una cuenta bancaria activa y personal registrada en el Sistema de Historia Laboral
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