Ocho puntos claves para entender el Acuerdo Ministerial que flexibiliza la jornada laboral
Acuerdo Ministerial, que permite trabajar hasta 10 horas al día, entró en vigencia el 10 de marzo, tras su publicación en el Registro Oficial.

Acuerdo Ministerial, que flexibiliza la jornada de trabajo, entró en vigencia el 10 de marzo de 2026.
Gob.ec
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Actualizada:
11 mar 2026 - 13:27
El Ministerio de Trabajo, emitió el Acuerdo MDT-2026-059, que regula el procedimiento de autorización de turnos u horarios especiales; así como, la distribución de la jornada semanal laboral.
El Acuerdo Ministerial, que flexibiliza la jornada de trabajo, entró en vigencia el martes 10 de marzo de 2026, tras ser publicado en el Registro Oficial.
En este documento se establece que los empleados podrán trabajar hasta 10 horas diarias, sin superar las 40 horas a la semana, a cambio de pagos extras o tiempo libre.
Ocho puntos claves del Acuerdo Ministerial
1. Turnos especiales: La normativa establece que los turnos especiales deberán contar con autorización del Ministerio de Trabajo cuando impliquen jornadas de más de cinco días consecutivos con descansos acumulados o adicionales a los previstos en la jornada ordinaria.
También se requerirá autorización cuando se trabajen menos de cinco días seguidos, pero con intervalos de descanso menores a dos días consecutivos.
2. Horarios especiales: Los horarios que contemplen esquemas rotativos, diurnos, nocturnos o mixtos, tanto en jornadas continuas como discontinuas deberán ser aprobados por el Ministerio de Trabajo.
3. Jornadas de hasta 10 horas: El Acuerdo abre la posibilidad de que empleadores y trabajadores pacten una distribución distinta de la jornada semanal.
Esta podrá organizarse en jornadas de hasta 10 horas diarias, sin superar las 40 horas semanales, siempre que exista un acuerdo entre ambas partes.
4. Compensaciones: A quienes accedan a este mecanismo se les deberá respetar los derechos mínimos de los trabajadores, como el descanso obligatorio, el pago de horas nocturnas, suplementarias o extraordinarias cuando corresponda y una remuneración justa.
5. Nuevas vacantes: Si la implementación de turnos u horarios especiales generan nuevas plazas de trabajo, el Ministerio dará prioridad a las solicitudes que incluyan la contratación de jóvenes entre 18 y 29 años, especialmente si se trata de su primera experiencia laboral formal o si cuentan con certificaciones de programas públicos de capacitación.
6. Mecanismos laborales: La jornada laboral bajo este esquema podrá desarrollarse de forma presencial, virtual o mixta. Según el Ministerio de Trabajo, el objetivo es "mejorar la estabilidad familiar, optimizar el tiempo de traslado hacia el lugar de trabajo y permitir más tiempo libre durante la semana".
7. Acuerdo entre las partes: La implementación de estos esquemas deberán realizarse únicamente por mutuo acuerdo entre empleador y trabajador, sin que pueda imponerse de manera unilateral ni afectar los derechos adquiridos.
8. Controles: El Ministerio del Trabajo informó que realizará controles y verificaciones para garantizar el cumplimiento de las condiciones establecidas y proteger los derechos de ambas partes en la relación laboral.
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