¿Por qué Barreno, Morillo y Jhayya no pueden seguir en sus cargos?

La decisión de Walter Macías, juez de la Corte Nacional de Justicia, deja una marca en la carrera judicial de Vladimir Jhayya, juez de la Corte de Justicia de Pichincha, y de Maribel Barreno y Juan José Morillo, vocales del Consejo de la Judicatura de Ecuador.

Este jueves 28 de septiembre del 2023 se conoció el fallo del magistrado. Macías ordenó la prisión preventiva de Barreno y dictó auto de llamamiento a juicio contra los tres funcionarios por su presunta participación en el delito de tráfico de influencias.

MorilloBarreno y Jhayya son procesados por supuestamente ejercer presión a jueces de la Corte de Pichincha en el tratamiento de una acción de protección interpuesta por la exasambleísta Guadalupe Llori, quien buscaba recuperar la Presidencia de la Asamblea Nacional tras ser destituida.

¿Por qué no podrán continuar como funcionarios judiciales?

El Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ) precisa en el numeral 3 de su artículo 77 que “no puede” desempeñar un cargo en la Función Judicial “quien hubiese sido llamado a juicio por delito reprimido con prisión o reclusión, por providencia ejecutoriada, mientras no haya sido absuelto”.

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En el fallo del juez Walter Macías han sido llamados a juicio los tres funcionarios.

El delito de tráfico de influencias se enmarca en la figura del artículo 77 del COFJ. Según el artículo 258 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), se perpetra tráfico de influencias cuando los servidores públicos o las personas que actúan en virtud de una potestad estatal en una institución del Estado “prevaliéndose de las facultades de su cargo o de cualquier otra situación derivada de su relación personal o jerárquica, ejerza influencia en otra u otro servidor para obtener un acto o resolución favorable a sus intereses o de terceros”. La sanción por este delito es una “pena privativa de libertad de tres a cinco años”.

En su pronunciamiento, hecho público este jueves, el juez Macías dispuso oficiar al Ministerio del Trabajo para que tramite la inhabilidad de ejercer el cargo a los tres funcionarios.

Una vez que ese registro se oficialice, Barreno y Morillo no seguirán como vocales de la Judicatura y Jhayya no podrá continuar como juez de la Corte de Justicia de Pichincha.

Por qué procesan a Barreno, Morillo y Jhayya

En la formulación de cargos, la Fiscalía presentó 41 elementos de convicción, entre ellos el testimonio anticipado de la Jueza de Pichincha que grabó la reunión entre los implicados, en la que se habría hablado de una acción de protección interpuesta por Llori para que ella pudiera volver al cargo.

Según la Fiscalía, la mañana del 2 de junio de 2022, los dos vocales del Consejo de la Judicatura junto con el juez provincial y otras personas “se habrían reunido en un edificio particular”, en el norte de Quito.

“En esta reunión se trataron los detalles de la apelación a la sentencia de acción de protección planteado por la expresidenta de la Asamblea Nacional que, con la finalidad de conservar su cargo, planteó a la Corte Provincial de Justicia de Pichincha. Esta causa llegó a conocimiento del Tribunal Tercero de Sala de la Familia de esa Corte, en el que uno de los jueces integrantes era Gustavo O.”, dijo la Fiscalía.

Los vocales del Consejo de la Judicatura, según la investigación de la Fiscalía, “convocaron a los jueces a mantener esta reunión fuera de las dependencias de la Judicatura y solicitaron directamente a Gustavo O. –juez provincial que debía conocer la apelación de la acción de protección– resuelva favorablemente el recurso y en el menor tiempo posible”.

Siempre según la Fiscalía, Jhayya habría dado “las indicaciones de cómo llegar al lugar de la reunión, afirmando que se trata de una oficina del vocal” Morillo e “incluso aportó con argumentos” para “la motivación del fallo”. En el auto de llamamiento a juicio, conocido este 28 de septiembre, el juez Macías ha dictado medidas de protección para precautelar a la testigo protegida del caso y a dos fiscales a cargo.

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