Ecuador estĆ” a la espera de la respuesta de BogotĆ” para el traslado de 118 presos para que terminen de cumplir sus sentencias en Colombia. AsĆ lo informĆ³ este miĆ©rcoles 29 de mayo del 2024 la CancillerĆa.
El ministerio recordĆ³ que hasta el momento se ha concretado el traslado de trece presos de nacionalidad colombiana (once hombres y dos mujeres) a su paĆs de origen. De un total de 131 expedientes enviados a Colombia para continuar con el proceso de traslado.
AnotĆ³ ademĆ”s que la decisiĆ³n se enmarca en el Convenio sobre TrĆ”nsito de Personas, VehĆculos, Embarcaciones Fluviales y MarĆtimas y Aeronaves suscrito por ambas naciones el 18 de abril de 1990.
El proceso tambiĆ©n se basa en el Reglamento sobre Procedimiento de RepatriaciĆ³n de Personas Sentenciadas, del 7 de abril de 1994.
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El Gobierno de Ecuador Ā«apreciarĆ” en alto grado la cooperaciĆ³nĀ» del Gobierno de Colombia Ā«para la aplicaciĆ³n Ć”gil y eficaz de los mencionados documentos, dijo la CancillerĆa en un comunicado. AdemĆ”s, precisĆ³ que de esta forma se consolidarĆ” la relaciĆ³n bilateral entre ambos paĆses.
La repatriaciĆ³n de presos extranjeros es un mandato del presidente ecuatoriano, Daniel Noboa, para reducir el hacinamiento de las cĆ”rceles ecuatorianas.
Procedimiento de extradiciĆ³n a Colombia
De los mĆ”s de 32.700 presos que se encuentran encarcelados en 35 prisiones de Ecuador, hay mĆ”s de 3.200 que son extranjeros, lo que representa aproximadamente el 10 % de la poblaciĆ³n penitenciaria. La gran mayorĆa son colombianos y venezolanos, seguido de aproximadamente un centenar de peruanos.
Para que puedan producirse las repatriaciones de presos extranjeros, el cĆ³digo penal ecuatoriano indica que primero deben tener sentencia firme y que la duraciĆ³n de la pena que le queda por cumplir sea de al menos seis meses.
TambiĆ©n estipula que el delito por el que el extranjero fue sentenciado en Ecuador tambiĆ©n debe estar contemplado en la norma penal de su paĆs de origen.
Asimismo, el preso extranjero debe expresar la voluntad de ser trasladado y dar su consentimiento, y que el paĆs receptor manifieste su disposiciĆ³n para recibirlo. EFE
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