Fiscalía solicita fijar fecha para enjuiciar a vocales de la Judicatura

La instrucción fiscal en el caso por el presunto delito de tráfico de influencias contra dos vocales del Consejo de la Judicatura y un juez provincial de Pichincha terminó. Este martes 15 de agosto del 2023, la Fiscalía General del Estado solicitó fijar fecha y hora para la audiencia preparatoria de juicio.

«Fiscalía cierra la instrucción fiscal y solicita al juez Walter Macías fecha y hora para la audiencia preparatoria de juicio contra Maribel B. y Juan José M., vocales del Consejo de la Judicatura, y el juez Vladimir J. por presunto tráfico de influencias», indicó la institución.

La investigación se inició en junio de 2022, luego de que un exasambleísta y un abogado denunciaran el hecho con la difusión de un audio. En esa filtración se revelaba una conversación entre los vocales, Maribel B. y Juan José M., y el entonces presidente de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, Gustavo O., sobre una acción de protección interpuesta por la entonces presidenta de la Asamblea Nacional, Guadalupe Llori, para mantenerse en el cargo.

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Allí, los vocales involucrados, según consta en la grabación, le solicitaron directamente a Gustavo O., juez integrante del Tribunal, que debía conocer y resolver la acción de protección para que falle a favor y en el menor tiempo posible.

Además, según la Fiscalía, en este hecho habría colaborado el juez provincial Vladimir J., pues sería quien dio las indicaciones de cómo llegar al lugar de la reunión. Él habría afirmado que se trataba de una oficina de Juan José M., y habría expuesto argumentos para motivar el fallo solicitado por los vocales.

Durante la audiencia de formulación de cargos, se señaló a los vocales Juan José M. y Ruth Maribel B., y el juez Vladimir J., como autores directos y cómplice, respectivamente. Y se se dispuso que se presenten cada ocho días ante la Secretaría de la Sala de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia y su prohibición de salida del país. Además, se ordenó la retención de cuentas por el valor de 5 100 dólares, de cada uno, y la prohibición de enajenar bienes.

El tráfico de influencias está tipificado en el artículo 285 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con tres a cinco años de prisión.

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