Actualizado 10:50
Redacción Teleamazonas.com |
A tres días de haberse posesionado la nueva Asamblea Nacional, el presidente Daniel Noboa remitió su primer proyecto de ley: Se trata de la ‘Ley Orgánica para Desarticular la Economía Criminal Vinculada al Conflicto Armado Interno‘.
Este proyecto de ley está calificado como urgente en materia económica. Con esta designación, los legisladores tienen un plazo máximo de 30 días para debatir y pronunciarse sobre la propuesta.
El proyecto, enviado por el Mandatario, este viernes 17 de mayo del 2025, propone reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) y a otros cuerpos legales.
Lea también:
- CNE proclama resultados definitivos del balotaje en Ecuador con Noboa como ganador
- Daniel Noboa y María José Pinto reciben credenciales para el nuevo mandato
El objetivo de cortar los flujos financieros ilícitos que alimentan a los grupos armados organizados que operan en Ecuador en el marco del actual conflicto armado interno.
En el texto enviado a la Asamblea se menciona que » la ley tiene por objeto establecer medidas financieras, tributarias y de seguridad destinadas a establecer un marco jurídico nacional aplicable para la desarticulación de las economías criminales vinculadas al conflicto armado interno, así como, proteger a la ciudadanía, la sostenibilidad del sistema económico y financiero del Ecuador y la reactivación económica en zonas afectadas».
Además, menciona que esta normativa tiene como finalidad «interrumpir los flujos económicos ilícitos que alimentan y sostienen a las organizaciones armadas organizadas, mediante la implementación de un conjunto coordinado de instrumentos y mecanismos que permitan su neutralización efectiva».
Estas son las principales propuestas de este proyecto de Ley:
Reconocimiento oficial del conflicto armado interno
Uno de los aspectos centrales del proyecto es el reconocimiento oficial del conflicto armado interno, el cual deberá ser sustentado mediante un Decreto Ejecutivo.
El Decreto Ejecutivo deberá identificar a los grupos armados organizados que participan en el conflicto armado interno y podrá disponer las medidas económicas y financieras necesarias para afrontar el conflicto y desarticular las economías criminales.
En este proyecto de ley se reconocen los siguiente grupos armados organizados, que gestionan economías criminales:
- Grupos armados organizados
- Grupos paramilitares
- Grupos guerrilleros
- Autodefensas
- Otros grupos que cumplan con los elementos o requisitos establecidos en el Reglamento
El reconocimiento oficial de un conflicto armado interno faculta al Presidente a implementar un régimen específico de medidas para combatirlo.
Bloque de Seguridad
La propuesta también plantea definir al Bloque de Seguridad, una entidad liderada por el Presidente o su delegado. Esta instancia se encargaría de la coordinación operativa para planificar, ejecutar y supervisar las acciones militares y de seguridad.
Las atribuciones que tendría el Presidente o su delegado dentro del Bloque de Seguridad serían las siguientes:
1. Determinar medidas económicas y financieras que se consideren necesarias para desarticular las economías criminales.
2. Disponer la recolección de información de inteligencia y de los subsistemas que lo conforman para anticipar movimientos de grupos armados organizados, prevenir ataques y proteger a la población civil. Para este efecto, toda entidad pública y privada estará obligada a proporcionar la información que le sea requerida, bajo apercibimiento de incurrir en el incumplimiento de orden legítima de autoridad competente.
3. Identificar las zonas de seguridad, para que sean declaradas directamente por el Presidente de la República.
4. Identificar y coordinar la implementación de medidas de seguridad física y cibernética para prevenir sabotajes y ataques a infraestructura esencial.
5. Desarrollar una estrategia de comunicación unificada para informar a la población sobre las acciones del Bloque de Seguridad, contrarrestar la influencia de grupos armados organizados y fomentar la confianza ciudadana.
6. Establecer controles fronterizos integrados y sistemas de vigilancia tecnológica. El Bloque de Seguridad podrá tomar el control de sistema de vigilancia de entidades públicas, con la finalidad de cumplir con su misión.
7. En los casos que corresponda, determinar las circunscripciones territoriales en las cuales se ha superado el conflicto, y son susceptibles de aplicación del régimen de transición al estado de paz.
8. Aprobar informes técnicos de inteligencia que justifiquen la expulsión de ciudadanos extranjeros, vinculados a grupos armados organizados o sus economías criminales, sin perjuicio de las acciones penales que precedan.
Endurecimiento de penas
El proyecto también busca reformas al Código Integral Penal para que se impongan penas más severas para quienes integren o lideren grupos armados organizados.
«Durante la existencia de un conflicto armado interno, las personas que participen directa o indirectamente de un grupo armado organizado (…) será sancionado con pena privativa de libertad de 22 a 26 años«, señala el documento remitido al Legislativo.
También detalla que «aquellas personas que ejerzan un rol de dirección, organización, planificación, financiamiento o cualquier forma que permita atribuir un grado de dominio sobre el grupo será sancionado con pena privativa de libertad de 26 a 30 años«.
to_de_ley_organica_par_desarticular_la_economia_criminal_vinculada_al_conflicto_armado_internoEste proyecto de ley también propone lo siguiente:
- Establecer la autorización del uso de la fuerza de las fuerzas gubernamentales,
como régimen propio distinto a la ley del uso progresivo de la fuerza, para
precautelar el respaldo al accionar inmediato y oportuno de las fuerzas del orden.
Este régimen legal permitirá dejar de utilizar la figura de estado de excepción. - Se califica a los delincuentes como combatientes, distinguiéndoles de la población
civil; y permitiendo que las fuerzas de combate estatales actúen de inmediato para
neutralizar a estos grupos armados organizados. - El Presidente de la República en el conflicto armado interno podrá emitir Decretos
Ejecutivos específicos en el ámbito económico y de seguridad, la declaración de
zonas de seguridad que sean identificadas por el Bloque de Seguridad - El Presidente podrá anunciar la anticipación de indulto a miembros de las fuerzas
de combate estatal procesadas penalmente por hechos relacionados con el
conflicto, aún cuando se encuentre en etapa de investigación, instrucción o juicio. - Establece medidas de protección de la economía formal a través de: medidas de incentivo a la formalización, sostenibilidad fiscal en zonas críticas, recuperación de ingresos tributarios afectados por economías criminales y el régimen de transición de conflicto a estado de paz con apoyo complementario de Fuerzas Armadas.
- También incluye incrementar la rebaja del impuesto a la renta por el valor que el
contribuyente done a favor de la Policía Nacional o Fuerzas Armadas. - Como parte de la reconstrucción del tejido social por los efectos de las economías
criminales en conflicto armado interno, el Presidente de la República podrá, de
forma anual brindar un incentivo económico a los pequeños y medianos
productores del sector agro productivo, jóvenes y los actores de la economía
popular y solidaria, artesanos, emprendedores, negocios populares.
BOLETÍN | #ElNuevoEcuador 🇪🇨
— Comunicación Ecuador 🇪🇨 (@ComunicacionEc) May 17, 2025
El presidente @DanielNoboaOk envió un proyecto económico urgente ante la nueva Asamblea Nacional. Esta propuesta normativa establece medidas financieras, tributarias y de seguridad destinadas a la desarticulación de las economías criminales… pic.twitter.com/fJ2G5s9XxY
También en Teleamazonas:
#ATENCIÓN | ¡4 de 7! Daniel Noboa consigue el control de la Asamblea en el primer día del nuevo Legislativo. ¿Revolución Ciudadana? https://t.co/kjeoLHmrgO pic.twitter.com/JPfPNhreyh
— Teleamazonas (@teleamazonasec) May 14, 2025