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Asamblea de Ecuador aprobó la Ley de Minería con la exclusión de un artículo

La normativa se votó en dos partes, la primera incluyó los artículos del 1 al 28 y dos disposiciones transitorias. El artículo 29 fue excluido. 

El Pleno de la Asamblea Nacional se reunió este jueves 26 de febrero en Guayaquil.

Flickr Asamblea Nacional

Autor

Lizette Abril

Actualizada:

26 feb 2026 - 13:58

La Ley Orgánica para el Fortalecimiento de los Sectores Estratégicos de Minería y Energía, conocida como Ley Minera se aprobó con 77 votos a favor, la tarde este jueves 26 de febrero del 2026 en la última sesión del Pleno de la Asamblea Nacional que se desarrolló en Sanborondón, Guayas.

La normativa, que se trató con carácter de económico urgente fue votada en dos partes. La primera votación contempló los artículos, del 1 al 28, así como las disposiciones reformatorias 1 y 2 y la disposición general transitoria y alcanzó 77 votos a favor 70 negativos 4 abstenciones.  

Mientras que en la segunda votación se trató el artículo 29 de esta normativa enviada por el presidente Daniel Noboa. El artículo fue excluido con 148 en contra. La moción para votar la presentó el asambleísta Antony Becerra

¿Qué dice la normativa?

La Comisión de Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa aprobó el martes el informe para segundo debate del proyecto. El documento busca fortalecer el desempeño operativo de estos sectores mediante una regulación eficiente que promueva la generación de ingresos fiscales y divisas, y contribuya a la sostenibilidad fiscal y a la estabilidad macroeconómica del Estado.

El documento señala que en materia minera se reforman varios artículos de la Ley de Minería para reforzar la rectoría del Estado, precisar competencias institucionales y regular los actos administrativos previos a la actividad minera.

Además, actualizar el régimen de patentes de conservación y etapas de exploración y explotación, e incorporar un nuevo capítulo sobre fomento y promoción de la inversión, grupos mineros y áreas con protección de seguridad estratégica.

De acuerdo al informe, se introducen reformas para fortalecer los controles ambientales, el régimen de regalías, la distribución de recursos hacia los gobiernos autónomos descentralizados y la regulación de la pequeña minería y la artesanal, priorizando la sostenibilidad, la seguridad jurídica y el desarrollo territorial.

Sin embargo, la Confederación de Nacionalidades Indígenas de Ecuador (Conaie), la mayor organización social del país, rechaza el proyecto al considerar que debilita el control ambiental y pone en riesgo los derechos de las comunidades indígenas.

Para la Conaie, la propuesta del Gobierno "prioriza la agilización de inversiones extractivas sin establecer garantías claras y exigibles para la consulta previa, libre e informada" de los pueblos indígenas, un derecho reconocido en la Constitución y en instrumentos internacionales de derechos humanos.

Advierte, además, que la sustitución de licencias ambientales por autorizaciones simplificadas reducen la consulta "a un procedimiento formal, sin asegurar procesos reales de decisión colectiva ni consentimiento previo".

Asimismo, sostiene que la flexibilización de controles ambientales y administrativos, especialmente en el uso del agua, "debilita la capacidad del Estado para prevenir daños irreversibles" y afecta ecosistemas estratégicos como páramos, bosques y ríos, que califica como "pilares de la soberanía hídrica y alimentaria".

Considera que la iniciativa refuerza un modelo de dependencia extractiva que "ha profundizado la desigualdad y la criminalización de la defensa territorial", sin resolver problemas estructurales del desarrollo, y podría, además, aumentar la conflictividad social en los territorios.

Pero María Limongi, viceministra de Minas en funciones, asevera que el proyecto no reduce ni flexibiliza los controles ambientales ni modifica estándares técnicos, sino que se limita a armonizar la 'Ley de Minería con el Código Orgánico del Ambiente'.

Por otra parte, en el ámbito energético, el proyecto incorpora cambios a la 'Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica' para modernizar conceptos como generación distribuida, autoabastecimiento y distritos autónomos energéticos y establecer reglas claras para la participación excepcional de empresas privadas, estatales extranjeras y de la economía popular y solidaria, entre otros temas.