SRI deja sin efecto beneficios y normas tributarias de leyes declaras inconstitucionales
Las dos normas anuladas por el tribunal constitucional fueron enviadas a la Asamblea Nacional con carácter "económico urgente".

SRI deja sin efecto disposiciones de leyes declaradas inconstitucionales
SRI
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Actualizada:
29 sep 2025 - 11:50
La Corte Constitucional declaró inconstitucionales las leyes de Integridad Pública y de Solidaridad Nacional, promovidas por Noboa.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) informó cambios ante el fallo de la Corte Constitucional de declarar inconstitucionales las dos leyes el 26 de septiembre.
El organismo tributario señaló que en cumplimiento de las sentencias emitidas por la Corte Constitucional, se dejan sin efecto las siguientes disposiciones de carácter tributario establecidas en las dos leyes declaradas inconstitucionales.
Con base en la sentencia No. 52-25-IN/25 y la declaratoria de inconstitucionalidad de la Ley Orgánica de Integridad Pública, junto con su reglamento y normas conexas, quedan sin efecto, con aplicación hacia el futuro, el régimen de remisión tributaria aplicable a pagos realizados hasta el 31 de diciembre de 2025.
No obstante, el SRI señaló que los pagos realizados desde el 26 de julio de 2025, hasta el día anterior a la publicación de esta sentencia en el Registro Oficial, mantendrán el beneficio de la remisión aplicándose directamente al capital.
Por su parte, en cumplimiento de la sentencia No. 51-25-IN/25 que eliminó la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional, quedó sin efecto, con carácter retroactivo, el beneficio que permitía aplicar hasta un 30% de rebaja en el Impuesto a la Renta causado por concepto de donaciones realizadas a las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional.
Las dos normas anuladas por el tribunal constitucional fueron enviadas a la Asamblea Nacional con carácter "económico urgente", lo que obligó al Legislativo a tramitar la norma en un máximo de treinta días.
La Corte Constitucional determinó que la primera de estas normas "mezcló materias económicas, penales y de seguridad, usando indebidamente el procedimiento de urgencia económica". Mientras que, para el organismo, la segunda ley vulneró "la unidad de materia, publicidad y deliberación democrática".
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