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Cangrejo rojo entra en veda en Ecuador desde el 15 de agosto de 2026: ¿qué está prohibido?

El cangrejo rojo en Ecuador entra en etapa de veda desde el sábado 15 de agosto hasta el lunes 15 de septiembre. 

El cangrajo rojo entra en veda en Ecuador a partir del sábado 15 de agosto.

Cortesía.

Autor

Lizette Abril

Actualizada:

14 ago 2026 - 13:29

El cangrejo rojo (Ucides occidentalis) entra en veda en Ecuador desde este sábado 15 de agosto de 2026, como parte de las medidas para proteger a esta especie durante su periodo de muda y garantizar la sostenibilidad de sus poblaciones.

El Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo, determinó que la segunda veda del año estará vigente desde el 15 de agosto hasta las 00:00 del 15 de septiembre de 2026.

La medida tiene alcance nacional y es de cumplimiento obligatorio para todas las personas y actores vinculados con la captura, comercialización y procesamiento de esta especie.

¿Qué actividades están prohibidas durante?

Durante el periodo de veda estará prohibida la recolección, captura, transporte, posesión, procesamiento y comercialización, tanto interna como externa, del cangrejo rojo.

La disposición busca proteger a los ejemplares durante la ecdisis o proceso de muda, una etapa sensible de su ciclo biológico.

La decisión se sustenta en criterios de sostenibilidad y precaución para el manejo de los recursos hidrobiológicos, indicó la entidad en un comunicado de prensa. 

Según la autoridad, estas medidas permitirán favorecer la recuperación de las poblaciones de cangrejo rojo y contribuir a que su aprovechamiento se realice de manera racional y responsable.

¿El cangrejo azul también está en veda?

El cangrejo azul no está incluido en la veda establecida para 2026. "Esta medida no se aplicará al cangrejo azul hasta que exista información suficiente sobre la temporalidad, duración y variabilidad espacial de su proceso de muda", dijo el Ministerio.

Por lo tanto, la prohibición establecida desde el 15 de agosto corresponde específicamente al cangrejo rojo.

Las empresas procesadoras y comercializadoras autorizadas que tengan cangrejo rojo procesado antes del inicio de la veda deberán declarar sus inventarios ante la Dirección de Control Pesquero hasta el 15 de agosto de 2026.

Los productos declarados podrán comercializarse durante un periodo máximo de cinco días.

Durante ese periodo se realizarán inspecciones para comprobar los inventarios reportados. Una vez concluido el plazo autorizado, los productos que permanezcan en stock no podrán ser comercializados durante la vigencia de la veda.