Contraloría detecta falencias en operación de fotomultas en cinco ciudades

Durante las auditorías gubernamentales, entre 2016 y 2023, la Contraloría General del Estado detectó incumplimientos en los contratos del control de tránsito vehicular por parte de los gobiernos cantonales de cinco ciudades.

El estudio a los procesos realizados, desde 2013 hasta 2022, por los municipios de Cuenca, Esmeraldas, Loja, Santa Elena y Ambato arrojó que los problemas más frecuentes fueron: la inobservancia de los términos contractuales, las falencias en la gestión de cobro de multas y la ausencia de estudios técnicos, económicos y legales.

En ocho informes de la Contraloría, el 42% de los hallazgos se refieren a incumplimientos de los compromisos contractuales por parte de las empresas concesionarias. Entre otros aspectos, durante las acciones de control, se advirtió la inobservancia de las especificaciones que garantizaban el buen funcionamiento de los sistemas y equipos para la detección de infracciones.

Errores de digitación, imprecisiones…

En Ambato se identificaron 389 infracciones por exceso de velocidad que fueron rechazadas por errores de digitación, boletas sin coordenadas, imprecisiones en la digitación de números de placa. Además, no se notificaron las infracciones a los nuevos propietarios de vehículos que fueron vendidos, como dispone el Manual de Requisitos para la Emisión de Títulos Habilitantes de Tránsito.

También se descubrió que en ese cantón, el consorcio inició la operación de un fotosensor sin contar con autorización ni derecho de uso de vía. Sin embargo, el dispositivo captó, confirmó y registró excesos de velocidad en el sistema de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) que posteriormente fueron notificados a los infractores. Y, por esta anomalía, no se sancionó al concesionario con la multa de 100 000 dólares establecida en el contrato.

Mientras que en Cuenca, en el caso de la Empresa Pública Municipal de Movilidad, Tránsito y Transporte (EMOV EP), en los expedientes no constan la documentación que evidencie que el contratista realizó la inversión inicial ofertada, por USD 2.6 millones, y tampoco invirtió el 5.1 % de los ingresos percibidos en 2019, en campañas de educación vial, detalla la Contraloría.

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Además, el concesionario no demostró las inversiones en dispositivos de detección, paneles de aviso, instalación de oficinas, computadoras, cámaras de seguridad, software de control y auto cobro, obras civiles, entre otros rubros requeridos para la prestación del servicio. 

Y el aliado estratégico no implementó el mínimo de diez dispositivos tecnológicos para el control de tránsito, en el plazo de 360 días señalado en el contrato; no sustentó técnicamente las razones por las que no instaló todos los fotorradares y no justificó el cambio de ubicación de algunos equipos, lo que produjo que no se controle el tránsito en los puntos que carecieron de los dispositivos.

Asimismo, entre 2019 y 2020, el consorcio contratado por la EMOV no recuperó cartera vencida por 5.1 millones de dólares. De acuerdo a la oferta presentada, el consorcio se comprometió a empezar la gestión a los 61 días de vencimiento del plazo para el pago de la multa. No obstante, transcurrieron hasta 366 días sin que cumpla esta obligación.

En el Municipio de Loja, el concesionario contratado en 2015 demoró entre 9 y 637 días para registrar 3 505 infracciones, aunque el contrato estableció un plazo de 5 días para realizar el procedimiento. Esta situación ocasionó que no se cobren multas por 162 500 dólares y ,aunque las multas excedieron el 20% de los ingresos brutos anuales, no se declaró la caducidad del contrato.

Citaciones y cobros de multas

La Contraloría señaló que el 18% de los hallazgos de auditoría que constan en la muestra de informes analizados dan cuenta de falencias en la gestión de cobranza de las multas, lo cual provocó que los gobiernos autónomos no cuenten recursos suficientes para programas de educación sobre seguridad vial y otras actividades que favorezcan a la comunidad.

Sobre esta irregularidad, en Loja no se adjuntaron a las citaciones las fotografías del momento de la infracción. Por lo que los conductores no conocieron la velocidad a la que circulaban y se multaron excesos de velocidad fuera de la red vial de competencia del cabildo.

Por ello, los jueces competentes emitieron sentencias absolutorias que dieron de baja títulos de crédito y dispusieron al gobierno autónomo descentralizado la devolución de 1.6 millones de dólares que se cobraron por multas.

En Cuenca se emitieron 14 782 citaciones, que se fundamentaron en un numeral del Código Orgánico Integral Penal (COIP) que no tenía relación con la infracción que se cometió, lo que también invalidó las multas

Y en Esmeraldas, entre 2020 y 2021, los funcionarios del municipio no elaboraron, registraron e ingresaron al sistema informes diarios de sanciones que sumaron 174 000 dólares, imposibilitando el cobro de las penalidades a los infractores.

Ausencia de estudios técnicos, legales y económico

Finalmente, la Contraloría indicó que no se elaboraron estudios legales, técnicos, operativos y económicos que sustenten la decisión de concesionar la detección, registro, notificación y sanción de infracciones de tránsito. Tampoco se justificaron los montos de inversión, plazos y los porcentajes de participación de las alianzas estratégicas.

Ante ello, se determinó que los concejos municipales de Ambato y Loja no conocieron los estudios de prefactibilidad y factibilidad que demuestren la conveniencia de concesionar el servicio, ni los informes sobre la falta de capacidad técnica y económica de los cabildos para gestionar directamente el servicio de control de tránsito.

Mientras que en los exámenes realizados a la Empresa de Movilidad de Cuenca se estableció que los horarios para el funcionamiento de los fotosensores no se fijaron a partir de criterios técnicos y estadísticos, no se consideraron ‘horas pico’, siniestralidad y riesgos.

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