¿Qué textos de la Ley de Comunicación debe eliminar la Asamblea?

La Corte Constitucional aceptó 12 de las 18 objeciones por inconstitucionalidad que presentó el presidente de Ecuador, Guillermo Lasso, al proyecto reformatorio a la Ley Orgánica de Comunicación, aprobada en la Asamblea en julio último por una mayoría lidera por el correísmo.

«Hoy nuestra lucha da resultados», afirmó Lasso, este miércoles 5 de octubre del 2022. «El dictamen de la Corte Constitucional respalda nuestro compromiso de garantizar una prensa libre», sostuvo el Mandatario, a través de su cuenta de Twitter.

Entre las objeciones aceptadas por el Máximo Tribunal se encuentran los relacionados con el derecho a la libertad de opinión, de pensamiento y de expresión.

El portal Primicias recoge cuáles son los textos aprobados por la Asamblea que, en un plazo de 30 días, deberán ser eliminados de la Ley de Comunicación por vulnerar la Constitución.

  • La supresión de la opinión como uno de los contenidos comunicacionales.
  • La determinación de que las personas “serán responsables por sus expresiones de acuerdo a la ley” por su pensamiento u opinión.
  • La posibilidad de que la censura previa provenga de accionistas, socios o anunciantes de los medios de comunicación.
  • La posibilidad de “acciones civiles o de cualquier otra índole” como parte de la responsabilidad ulterior.
  • La creación de la figura de “información falsa”.
  • La creación de los “defensores de audiencia”, como funcionarios de la Defensoría del Pueblo.
  • La igualación del “poder de decisión” entre los consejos editoriales y los consejos ciudadanos de los medios públicos.
  • La regulación de los medios comunitarios sobre su “derecho propio”.
  • La división fija del espectro radioeléctrico en 33% para medios públicos, 33% para medios privados y 34% para comunitarios.
  • El requisito de presentar un plan de comunicación “en donde se establece la propuesta de programación e impacto social” para la adjudicación de frecuencias.

Las objeciones que no fueron acogidas giran en torno a que los medios de comunicación de las universidades fueran considerados como medios comunitarios, pero la Corte no consideró que se vulneraran derechos.

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