Actualizado 12:55
Redacción Teleamazonas.com |
Un año después de su ultima actualización, el Ministerio de Trabajo emitió nuevos cambios al trámite de visto bueno en Ecuador. Entre las reformas más importantes se encuentra el plazo de apelación y los requisitos que deberán cumplir los empleadores y trabajadores.
El visto bueno es un trámite administrativo que permite la terminación unilateral de un contrato laboral, sea por el trabajador o empleador, pero con la aprobación de un inspector de trabajo. Para ello, se debe cumplir un riguroso proceso.
La reforma, emitida a través del Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2025-043, establece los siguientes cambios:
Comparecencia obligatoria
En esta instancia, las partes involucradas deben comparecer personalmente o a través de un representante con poder notariado, pero también será obligatorio el patrocinio de un abogado.
Documentación más detallada
La documentación que debe ir acompañada a la solicitud se debe cumplir de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 143, numerales 1, 2, 3, 5, y 7 del Código Orgánico General de Procesos (COGP).
Asimismo, quien solicite este trámite deberá adjuntar un certificado actualizado de cumplimiento de obligaciones patronales del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) en caso de que la solicitud sea presentada por el empleador.
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Contestación
La respuesta de la contraparte debe realizarse de forma escrita y cumplir con los requisitos de los artículos 5 y 6 del Acuerdo MDT-2024-041 con el patrocinio de un abogado. En este documento se debe detallar los hechos, pruebas y argumentos jurídicos, y puede solicitar o presentar pruebas.
También debe señalara la información del domicilio, casillero judicial o correo electrónico para notificaciones posteriores.
Investigación en dos fases
La investigación de visto bueno en Ecuador se llevará a cabo de la siguiente forma:
- Fase de saneamiento: se expondrán las excepciones previas, fijación de los puntos de debate y conciliación
- Pruebas y alegatos
Apelación
Las dos partes tendrán tres días para apelar a partir de la notificación de la resolución sobre el trámite de visto bueno. El Director Regional del Trabajo tendrá un mes para resolver y cualquiera de las partes podrá solicitar audiencia en esta instancia. Una vez resuelto, se remitirá la resolución al inspector para su ejecución.
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