Personas extranjeras privadas de libertad y con sentencia emitida en Ecuador podrĆ”n ser repatriadas. El presidente ecuatoriano, Daniel Noboa, emitiĆ³ el Decreto 139 que lo dispone.
El Servicio Nacional de AtenciĆ³n Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI) tendrĆ” que avanzar con los Ā«procedimientos administrativos necesariosĀ» para la repatriaciĆ³n de extranjeros sentenciados en el paĆs.
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SegĆŗn el artĆculo 1 del Decreto presidencial, el objetivo es que Ā«su sentencia sea ejecutada en el paĆs de origen o nacionalidadĀ». Aunque seƱala que debe observarse Ā«lo previsto en la normativa constitucional vigenteĀ» y los instrumentos internacionales.
Mientras tanto, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, el Ministerio de Derechos Humanos, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Gobierno trabajarĆ”n de manera articulada Ā«para cumplir con lo dispuestoĀ».
Sin embargo, el Decreto aƱade que no se permitirĆ” la repatriaciĆ³n de colectivos.
Esta decisiĆ³n se da en medio de la declaratoria del conflicto armado interno que decretĆ³ Noboa el 9 de enero luego de que la ola de violencia desembocara en la toma de un canal de televisiĆ³n por parte de un grupo de armados.
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