Francisco Bravo analiza el caso del exvocal de la Judicatura, Fausto Murillo

Francisco Bravo, miembro del Consejo de ParticipaciĆ³n Ciudadana y Control Social (Cpccs), analizĆ³ el caso del exvocal del Consejo de la Judicatura, Fausto Murillo.

En el espacio de entrevistas ‘Los Desayunos 24 Horas’, afirmĆ³ que considera que la remociĆ³n de Murillo era improcedente. Y agregĆ³ que Murillo sĆ­ puede ocupar un cargo de plazo fijo.

Ā«Debemos estar claros que la ley manda, prohibe y permite. El artĆ­culo 17 de la Ley OrgĆ”nica de Servicio PĆŗblico determina cuĆ”les son las clases de nombramientos. Habla de nombramientos permanentes, provisionales, libre nombramiento y remociĆ³n, y de perĆ­odo fijoĀ», dijo.

Por eso, Francisco Bravo considera que Fausto Murillo tiene un impedimento para ejercer cargos ‘permanentes’.

Los cargos permanentes son aquellos que una persona puede postular y luego de un concurso puede ser designado para la funciĆ³n.

Ā«El cargo del doctor Murillo es de perĆ­odo fijo, para ser vocal del Consejo de la Judicatura. Por eso, dentro del documento que emite el Ministerio de Trabajo dice que el doctor Fausto Murillo no registra impedimento para la modalidad laboral a ocuparĀ», resalta Bravo.

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Ā«Yo lo dije en el pleno del CPCCS que era improcedente la remociĆ³n del doctor Fausto Murillo. Claramente no han leĆ­do el artĆ­culo 17. El doctor Fausto Murillo sĆ­ puede ocupar cargo de plazo fijo, no permanenteĀ», reiterĆ³ Bravo.

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