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Si viaja fuera de Ecuador puede justificar inasistencia a sufragar en la consulta; paso a paso

El 16 de noviembre de 2025 se llevarán a cabo las elecciones de la consulta popular y referéndum. 13,9 millones de personas irán a votar.

El 16 de noviembre de 2025 los ecuatorianos votarán por la consulta popular y referéndum.

EFE

Autor

Redacción Teleamazonas.com

Actualizada:

11 nov 2025 - 09:16

La consulta popular y referéndum se llevará a cabo el domingo 16 de noviembre de 2025. Los ecuatorianos votarán por cuatro preguntas en una sola papeleta bicolor.

No asistir a votar conlleva una multa del 10% de un Salario Básico Unificado (SBU), es decir 47 dólares. Esta sanción la aplica el Consejo Nacional Electoral (CNE).

La multa por no votar no se elimina en cada período electoral y debe ser cancelada en el CNE o se acumula con cada inasistencia.

Sin embargo, se puede justificar la falta para evitar pagar la multa establecida en el artículo 292 del Código de la Democracia.

¿Cómo justificar?

Para iniciar el trámite de justificación de la inasistencia, el ciudadano deberá acercase a la Delegación Provincial Electoral (DPE) más cercana portando los requisitos, según el caso. 

Luego, en Secretaría General solicitará el formulario de justificaciones, que también puede descargar de la página web para presentarlo junto a los requisitos en la ventanilla. Ahí le proporcionarán un número con el cual podrá dar seguimiento al caso. 

Causas para justificar inasistencia a votar:

  • Por mandato legal: Ciudadanos que, por disposición judicial o legal, no puedan ejercer el voto durante la jornada electoral. 
  • Por motivos de salud o impedimento físico: Debe presentarse un certificado médico emitido por el Sistema Nacional de Salud, público o privado (en este último caso debe ser validado). 
  • Por calamidad doméstica grave: En casos como fallecimientos u otras calamidades ocurridas el día de las elecciones o hasta ocho días antes del proceso electoral. 
  • Por encontrarse fuera del país: Los ecuatorianos que se hallen en el extranjero o lleguen al país el mismo día de las elecciones podrán justificar su ausencia con los documentos de viaje correspondientes. 
  • Por actividades relacionadas con el evento electoral: Quienes estén cumpliendo funciones dentro del proceso electoral también pueden justificar su inasistencia. 
  • Por voto facultativo: No están obligados a votar los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, los jóvenes de 16 y 17 años, y las personas mayores de 65 años, para quienes el voto es voluntario. 

Requisitos

El trámite debe realizarse personalmente. En caso de que lo haga un tercero deberá presentarse una autorización firmada.

El documento del CNE puede descargarse de manera gratuita en formato PDF. Además debe presentarse la cédula del titular o una copia legible y el documento de identidad de quien hace el trámite.

Por mandato legal

  • Boleta de excarcelación/libertad o certificado del centro de rehabilitación social. 

Por motivos de salud o impedimento físico

  • Certificado emitido por un facultativo médico del Sistema Nacional de Salud pública o privada. 

Por calamidad doméstica grave

  • Certificado de defunción de familiar o documento que respalde la calamidad doméstica. 

Por encontrarse fuera del país

  • Copias de pasaporte (página en la que consta la fotografía y páginas en las que consta el ingreso y salida del país que demuestren que estuvo ausente durante los procesos electorales). 
  • En caso de no tener pasaporte o haber salido y entrado al país por las fronteras con la cédula de ciudadanía se deberá presentar el Certificado Migratorio