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Corte Constitucional recibe demandas en contra del decreto que convoca a consulta popular

Juristas señalan que el Decreto 138 es inconstitucional. Daniel Noboa llamó a consulta popular usando en el artículo 444 de la Constitución. 

La Corte Constitucional recibió demandas de inconstitucionalidad contra el Decreto Ejecutivo 148.

Archivo API

Autor

Redacción Teleamazonas.com

Actualizada:

19 sep 2025 - 18:22

La decisión del presidente Daniel Noboa de convocar a una consulta popular para abrir paso a una Asamblea Constituyente ya tiene las primeras demandas de inconstitucionalidad la tarde de este viernes 19 de septiembre del 2025. 

Hasta el final de la tarde, el máximo tribunal había recibido al menos tres recursos, presentados de forma independiente por los abogados Juan Cárdenas Cifuentes, Fabricio Palquibay y Alejandro Ponce Villacís, detalló el portal Primicias.

Ellos argumentan que el Presidente vulneró lo dispuesto en los artículos 104 y 438 de la Constitución, pues envió la convocatoria directamente al Consejo Nacional Electoral (CNE) sin someter previamente la pregunta al control de la Corte Constitucional.

Los juristas solicitan que el decreto sea suspendido o eliminado del marco legal vigente.

La bancada de la Revolución Ciudadana anunció que también acudirá con su propio recurso y que denunciará el caso en organismos internacionales, señalando que se trata de un golpe a la democracia.

En paralelo, el Foro por la Democracia, integrado por colectivos de la sociedad civil, pidió que el CNE devuelva el proceso a la Corte Constitucional para que emita el dictamen que la ley exige. “El respeto al Estado de derecho debe prevalecer”, advirtió en un comunicado.

La controversia gira en torno a dos normas principales. El artículo 444 de la Constitución de Montecristi señala que la Asamblea Constituyente solo puede instalarse a través de una consulta popular solicitada por el Presidente de la República. Noboa usó este argumento para justificar su decreto.

No obstante, el artículo 104 establece con claridad que toda consulta popular requiere el dictamen previo de la Corte Constitucional sobre la validez de las preguntas, un requisito que en esta ocasión no fue cumplido.

La Corte se pronuncia

Antes de conocerse las demandas, la Corte Constitucional ya había advertido que cualquier iniciativa de Asamblea Constituyente debe desarrollarse bajo su control y con respeto a las reglas democráticas. 

El decreto de Noboa ya ordena al CNE continuar con el proceso electoral que llevaría la propuesta a las urnas. Sin embargo, las acciones de inconstitucionalidad y los pronunciamientos políticos abren un escenario de disputa institucional que podría definir el rumbo del proyecto de Constituyente en las próximas semanas.