Destituidos ocho exservidores judiciales cercanos a Wilman Terán por el caso Pantalla
Ocho exfuncionarios del Consejo de la Judicatura fueron destituidos por el caso Pantalla.

Ocho exservidores judiciales fueron destituidos por irregularidades en el concurso de jueces nacionales de 2023.
Consejo de la Judicatura
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Actualizada:
12 jun 2026 - 10:19
Ocho exservidores judiciales fueron destituidos por el Pleno del Consejo de la Judicatura, que se reunió el jueves 11 de junio de 2026.
Los servidores destituidos fueron señalados por irregularidades en el concurso de jueces nacionales de 2023.
Además, cuatro de ellos fueron parte del círculo cercano del entonces presidente de la Judicatura, Wilman Terán, sentenciado por tráfico de influencias en este concurso.
Según la Judicatura, estas personas "emitieron disposiciones irregulares y recurrieron a amenazas para obtener información relevante del proceso".
Entre los funcionarios destituidos constan el exdirector general, un asesor, el entonces coordinador de despacho y el excoordinador de Relaciones Internacionales.
El Consejo de la Judicatura los señala por vulnerar la "independencia interna" y violar las disposiciones del Código de la Función Judicial.
Las otras cuatro personas fueron destituidas por no informar a la máxima autoridad sobre estos hechos que comprometieron el concurso.
Asimismo, el Pleno dispuso que la Dirección Provincial de Pichincha inicie sumarios contra otros servidores con sentencias ejecutoriadas en el caso Pantalla.
Antecedentes y alcances del caso Pantalla
El caso Pantalla se inició en febrero de 2024 tras la denuncia del entonces Director General del Consejo de la Judicatura.
El exfuncionario denunció irregularidades en el concurso público de oposición y méritos, impugnación y control social para la selección y designación de las y los jueces y conjueces de la Corte Nacional de Justicia de 2023, que fue declarado nulo en enero de 2024.
En este proceso se investiga a funcionarios de alto nivel del Consejo de la Judicatura que habrían intervenido de forma irregular para cambiar el resultado de dicho concurso y favorecer a determinados postulantes.
Cuatro funcionarios recibieron sentencia en este caso tras acogerse al proceso abreviado.
Ellos reconocieron su participación en el delito de asociación ilícita, tipificado en el artículo 371 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
Este delito se sanciona con tres a cinco años de cárcel.
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