Suscríbete a nuestras notificaciones para recibir las últimas noticias y actualizaciones.

Debes habilitar las notificaciones en tu dispositivo para suscribirte a las últimas noticias.

Gobierno anuncia reforma legal al sector eléctrico tras fallo de la Corte Constitucional

La CC aclaro que aún se podrá delegar a privados cuando el servicio eléctrico no pueda ser cubierto por empresas públicas o mixtas

El Ministerio de Energía dijo que el fallo de la Corte no restringe nuevo proyectos eléctricos

Internet

Autor

Ana Rosero y EFE

Actualizada:

11 ene 2026 - 15:05

El Gobierno ecuatoriano anunció, el sábado 10 de enero, que impulsará reformas legales al sector eléctrico tras un fallo de la Corte Constitucional en el que se declara inconstitucional que el Estado pueda delegar a empresas privadas servicios de energía eléctrica bajo la justificación de interés público.

En la sentencia, emitida el 11 de diciembre, la Corte declara inconstitucional el numeral 1 del artículo 25 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica en el que se permitía al Estado delegar a empresas privadas, de forma excepcional, la participación en las actividades del sector eléctrico "cuando sea necesario para satisfacer el interés público, colectivo o general".

El Alto Tribunal consideró que esa causal era muy general y no permitía "identificar un escenario concreto que justifique la excepcionalidad de la delegación", como lo señala la Constitución.

En ese contexto, el Ministerio de Ambiente y Energía aseguró que "impulsará una propuesta ágil y eficaz de reforma legal para establecer de forma técnica, clara, precisa y verificable las condiciones de procedencia de la delegación excepcional, brindando certeza y seguridad jurídica a los proyectos futuros y fortaleciendo el control público".

"Paralelamente, promoveremos una reforma estructural del marco normativo y regulatorio del sector eléctrico, orientada a fortalecer la planificación, la transparencia, la calidad del servicio, la inversión responsable y la transición energética del Ecuador", añadió la Cartera de Estado.

La mañana del sábado 10 de enero, el presidente Daniel Noboa criticó a la Corte Constitucional por esa decisión y dijo que era un "cálculo político".

"A esto nos enfrentamos todos los días. Esto no es una discusión jurídica aislada. Es cálculo político. Es negar empleo, energía y estabilidad a las familias ecuatorianas. Es poner la ideología y la revancha por encima del bienestar del país", escribió el mandatario en su cuenta de la red social X, en la que compartió la noticia de la sentencia.

Horas después publicó las fotografías de los nueve jueces constitucionales con la pregunta: "¿Quién votó a favor de prohibir al Estado concesionar energía a privados?".

Este pronunciamiento se da en medio de alertas que se han encendido por la ausencia de lluvias en las zonas de los ríos que alimentan las hidroeléctricas. 

Aunque el Gobierno ha descartado que eso vaya a provocar apagones como los que el país vivió en 2024, cuando los cortes de energía fueron de hasta 14 horas al día. 

¿Ya no se podrá delegar las actividades del sector eléctrico a privados?

Tras la sentencia, la Corte Constitucional señaló que el Estado aún podrá delegar a privados cuando el servicio no pueda ser cubierto por empresas públicas o mixtas o cuando se trate de proyectos que utilicen energías renovables no convencionales.

Además, el Ministerio de Energía indicó que esta decisión "no impide el desarrollo de proyectos en el sector eléctrico", pues sus efectos son hacia el futuro y no afectan las delegaciones realizadas previamente.

"Aseguramos a nuestros concesionarios y titulares de los títulos habilitantes vigentes que sus contratos mantienen su validez y pueden continuar ejecutándose de acuerdo a las condiciones establecidas", señaló la Cartera de Estado.

Por otra parte, la Corte Constitucional aclaró, este domingo 11 de enero, que la sentencia que emitió no prohibe la inversión privada ni paraliza proyectos eléctricos. "Solo se eliminó una causal imprecisa que vaciaba el principio constitucional de excepcionalidad".

El organismo también dijo que no eliminó los mecanismos de delegación al sector privado. "Permanecen vigentes las causales que permiten delegar cuando el servicio no pueda ser cubierto por empresas públicas o mixtas y cuando se trate de energías renovables no convencionales". 

"No se eliminó la posibilidad de delegar al sector privado, sino que se exigió que dichas delegaciones se basen en causales claras, específicas y constitucionalmente válidas", añadió la Corte Constitucional.

Según la abogada y docente en Derecho Constitucional, Verónica Hernández, la norma impugnada "debía definir circunstancias concretas, por ejemplo, que se pueda delegar a la inicitiva privada en casos de emergencia energética, daños graves en la infraestrutura o desastres naturales".