Ley de Fortalecimiento Crediticio plantea reformas al Biess y al IESS; estas son las propuestas
Daniel Noboa remitió a la Asamblea Nacional el proyecto de Ley de Fortalecimiento Crediticio. Es su quinto proyecto económico-urgente

El BIESS es la encargada de administrar los fondos previsionales de los afiliados y jubilados en Ecuador.
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Actualizada:
28 ago 2025 - 21:18
El presidente Daniel Noboa remitió, este jueves 28 de agosto del 2025, a la Asamblea Nacional el proyecto de Ley de Fortalecimiento Crediticio, su quinta propuesta calificada como económica urgente.
Como tiene ese caracter, la iniciativa legal deberá ser debatida y resuelta en un plazo máximo de 30 días por el Legislativo.
El objetivo central de la norma es introducir reformas urgentes al Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (BIESS), con el fin de reforzar la transparencia en la administración de los Fondos Complementarios Previsionales Cerrados, fortalecer la institucionalidad y asegurar la sostenibilidad del sistema crediticio.
Puntos principales del proyecto de Ley
1. Los Fondos Complementarios Previsionales Cerrados, que administra actualmente el BIESS, regresarán a manos de sus partícipes, afiliados y jubilados.
2. Los Fondos Complementarios Previsionales Cerrados retornarán a la administración de sus partícipes en un plazo de noventa 90 días.
3. El BIESS podrá liquidar negocios fiduciarios que no hayan cumplido su objeto, ni alcanzado el punto de equilibrio, en un plazo de 24 meses.
4. Se podrá reactivar negocios fiduciarios cuando estudios de factibilidad demuestren que se obtendrá una pérdida menor que con la liquidación o un resultado favorable para el Banco
5. El BIESS podrá utilizar parte de sus activos como garantía para obtener financiamiento.
6. Se propone que el Director General, Subdirector General y demás directores del IESS puedan ser removidos en cualquier momento por disposición del Consejo Directivo, sin perjuicio del periodo por el cual fueron designados.
7. En el artículo 32 de la Ley de la Seguridad Social se detalla que el Director General tiene como atribución designar a los directores provinciales de cada una de las circunscripciones territoriales del IESS. Con el proyecto de Ley se propone que también pueda removerlos de sus cargos.
8. En la Ley de la Seguridad Social se establece como requisito tener más de 30 años de edad para ser director provincial del IESS, sin embargo en la propuesta del Ejecutivo se elimina ese límite de edad.
9. Se otorgan nuevas herramientas de gestión y control al IESS y al BIESS para asegurar que sus directivos actúen con responsabilidad y rendición de cuentas.
10. Se establece un mecanismo para el financiar la elección de vocales del Consejo Directivo del IESS.
Según el comunicado de la Presidencia de Ecuador, la ley plantea proteger el ahorro previsional de afiliados y jubilados, así como garantizar la sostenibilidad de las pensiones actuales y futuras. También incluye la disponibilidad de más créditos para viviendas, educación y desarrollo personal.
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