Proyecto de ley propone sustituir la licencia por autorización para proyectos mineros
Para el sector minero tiene como objeto fortalecer la inversión, optimizar procesos, mejorar los mecanismos de control, entre otras.

Entrada al proyecto minero de Quimsacocha.
Tomado del proyecto minero de Quimsacocha.
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Actualizada:
28 ene 2026 - 16:50
El presidente Daniel Noboa envió a la Asamblea Nacional el Proyecto de Ley para el fortalecimiento de los sectores estratégicos de minería y energía calificado como económico urgente. El proyecto llegó a la Asamblea Nacional este miércoles 28 de enero del 2026.
Según el presidente de la Asamblea Nacional, el oficialista Niels Olsen, explicó que el proyecto apunta "a fortalecer los sectores estratégicos de energía y minería, clave para atraer inversión, generar empleo, sostener la economía y combatir la minería ilegal", indicó en su cuenta de la red social X.
El proyecto de Ley calificado de urgencia en materia económica para el sector minero tiene como objeto fortalecer la inversión, optimizar los procesos administrativos, mejorar los mecanismos de control, incrementar la seguridad jurídica y promover una explotación técnica, ambientalmente responsable y socialmente sostenible del sector minero.
El articulado propuesto establece reformas en la Ley de Minería relacionadas a: procedimientos administrativos y autorizaciones previas, régimen de patentes de conservación, etapas de exploración y explotación, y el incentivos a la inversión mediante clústeres (agrupaciones) mineros, según consta en los fundamentos técnicos.
Además, el fortalecimiento del control ambiental, régimen de regalías, regulación de la pequeña minería y minería artesanal, y seguridad estratégica en áreas mineras.
Una de las reformas fundamentales a la Ley de Minería es la sustitución de la 'licencia ambiental' por una 'autorización ambiental' que deberá otorgar el Ministerio de Ambiente, para la ejecución de actividades mineras, de conformidad con régimen y la fase del proyecto.
Según el proyecto, la reforma propuesta al artículo 26 de la Ley de Minería se fundamenta en la "necesidad urgente de agilizar los procedimientos administrativos previos a la ejecución de actividades mineras".
Adicionalmente, dice que "elimina cuellos de botella regulatorios que actualmente retrasan la inversión, incrementan los costos de transacción y postergan la generación de ingresos fiscales, en un contexto de restricción presupuestaria y brecha fiscal del Estado".
De acuerdo con la justificación económica de la ley, "la exigencia de instrumentos ambientales de alta complejidad para la etapa de exploración constituye un obstáculo desproporcionado, que genera demoras injustificadas, duplicidad de trámites y altos costos regulatorios".
De acuerdo al Servicio de Rentas Internas, el proyecto de ley calificado de urgencia en materia económica para reformar la Ley de Minería, no tiene afectación directa ni inmediata en los recursos públicos, "por lo que el impacto fiscal resulta neutro", anota.
La Constitución establece que el presidente podrá enviar a la Asamblea Nacional proyectos de ley calificados de urgente en materia económica, pero determina que «mientras se discuta un proyecto calificado de urgente (…) no podrá enviar otro, salvo que se haya decretado el estado de excepción», como es el caso de varias provincias de Ecuador afectadas por altos índices de inseguridad.
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