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Noboa renueva por 30 días más el estado de excepción en 10 provincias y tres cantones

El presidente Daniel Noboa renovó por 30 días adicionales la declaratoria del estado de excepción por grave conmoción interna.

El estado de excepción regirá por 30 días más en 10 provincias de Ecuador

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Autor

Ana Rosero

Actualizada:

14 ago 2026 - 16:07

El presidente Daniel Noboa renovó por 30 días más el estado de excepción en 10 provincias de Ecuador y tres cantones, este viernes 14 de agosto de 2026, a través del Decreto Ejecutivo 472.

El estado de excepción se renovará en las provincias de Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas, Sucumbíos y Azuay, así como en los cantones La Maná (provincia de Cotopaxi), Las Naves (provincia de Bolívar) y La Troncal (provincia de Cañar).

El estado de excepción se decretó inicialmente el 16 de junio de 2026 y tenía una vigencia de 60 días, a través del Decreto 423. La renovación se estableció en los mismos términos de ese documento.

Según el Gobierno Nacional, la renovación de la medida se torna estrictamente necesaria para obtener información "que permita neutralizar y evitar el accionar de los grupos delincuenciales en fase de planificación y ejecución de sus actividades ilícitas".

¿Qué derechos se suspenden con el estado de excepción?

Con la disposición del Mandatario se suspenden en las 10 provincias y tres cantones los derechos a la inviolabilidad de domicilio e inviolabilidad de correspondencia.

La suspensión del derecho a la inviolabilidad de domicilio permitirá a la Policía Nacional y Fuerzas Armadas la realización de allanamientos inmediatos cuando existan indicios de que en el interior de un inmueble se oculten integrantes de grupos armados organizados o se encuentren armas, municiones, explosivos o drogas.

Por otra parte, la suspensión del derecho a la inviolabilidad de correspondencia permitirá la identificación, análisis, recopilación de información para prevenir o neutralizar amenazas.

Además de la suspensión de los derechos a la inviolabilidad de domicilio, a la inviolabilidad de correspondencia, se dispone la intervención de las Fuerzas Armadas en operaciones de seguridad, en coordinación con la Policía Nacional y la requisición temporal de bienes y servicios de origen lícito. 

¿Habrá toque de queda?

El Decreto 423 no estipula un toque de queda en las provincias donde rige el estado de excepción, por lo tanto no habrá restricción de movilidad.