Corte IDH condena a Ecuador por destituir a vocal de tribunal electoral en 2004

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenĆ³ a Ecuador por violar diversos derechos en el cese arbitrario como vocal del Tribunal Supremo Electoral de Carlos Julio Aguinaga AillĆ³n, hecho ocurrido en 2004 en el marco de una serie de destituciones de funcionarios judiciales.

La CorteIDH publicĆ³ este martes 18 de abril del 2023 la sentencia por este caso, en la que encontrĆ³ al Estado ecuatoriano responsable por la violaciĆ³n a los derechos al debido proceso, a la independencia judicial, los derechos polĆ­ticos, el derecho al trabajo y la protecciĆ³n judicial.

El Estado realizĆ³ un reconocimiento parcial de responsabilidad internacional durante el proceso.

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En la sentencia, la CorteIDH determinĆ³ que Aguinaga fue destituido por el Congreso Nacional, Ć³rgano que actuĆ³ Ā«fuera de sus competenciasĀ», lo cual constituyĆ³ Ā«una violaciĆ³n de la garantĆ­a de la independencia judicial, que incluye la estabilidad e inamovilidad en el cargo de las autoridades judicialesĀ».

El cese del vocal Ā«fue arbitrarioĀ»

El fallo tambiĆ©n indica que el cese de Aguinaga Ā«fue arbitrario, y en consecuencia afectĆ³ su derecho a permanecer en el cargo en condiciones de igualdad, y su derecho a la estabilidad laboral, como parte de su derecho al trabajoĀ».

Aguinaga AillĆ³n, designado como vocal del Tribunal Supremo Electoral en 1998 para un periodo de cuatro aƱos, y reelecto para un nuevo periodo en 2003. Sin embargo, el 24 de noviembre de 2004, mediante la ResoluciĆ³n 25-160, el Congreso Nacional cesĆ³ en sus cargos a los vocales del Tribunal Supremo Electoral y del Tribunal Constitucional.

La nueva conformaciĆ³n del Tribunal Constitucional adoptĆ³ una resoluciĆ³n que impidiĆ³ a los jueces de instancia conocer acciones de amparo contra la ResoluciĆ³n 25-160, dejando solo la posibilidad de suspender los efectos de la ResoluciĆ³n del Congreso Nacional a travĆ©s de la acciĆ³n de constitucionalidad, detallĆ³ la CorteIDH.

Ā«El contexto del presente caso se relaciona con los ceses de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia del Ecuador, los cuales, junto con los ceses de los vocales del Tribunal Supremo Electoral, y del Tribunal Constitucional, ocurrieron en un lapso temporal de 14 dĆ­asĀ», agregĆ³ la CorteIDH.

AfectaciĆ³n a la democracia representativa

El tribunal internacional concluyĆ³ en su sentencia que la decisiĆ³n del Tribunal Constitucional que impidiĆ³ a los jueces conocer sobre acciones de amparo contra la ResoluciĆ³n 20-160 restringiĆ³ el acceso a un recurso judicial efectivo para la protecciĆ³n de los derechos de Aguinaga.

La CorteIDH considerĆ³ que Ā«la vulneraciĆ³n de la independencia de los tribunales electorales afecta no sĆ³lo a la justicia electoral, sino el ejercicio efectivo de la democracia representativa, el cual es la base del estado de derechoĀ».

En ese sentido, considerĆ³ que Ā«las garantĆ­as de inamovilidad y estabilidad de los jueces electorales deben ser reforzadas, por lo que cualquier demĆ©rito o regresividad en las garantĆ­as de independencia, estabilidad e inamovilidad de los tribunales electorales son inconvencionales por cuanto su efecto se puede traducir en un impacto sistĆ©mico igualmente regresivo sobre el estado de derecho, las garantĆ­as institucionales y el ejercicio de los derechos fundamentales en generalĀ».

En el fallo, la CorteIDH ordenĆ³ al Estado a pagar una indemnizaciĆ³n par Aguinaga por daƱo material e inmaterial.

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