Extranjeros que cometan delitos graves no podrán retornar a Ecuador en 20 años si se aprueba reforma al COIP

Los extranjeros que cometan delitos graves no podrán retornar al país en 20 años, así consta en el proyecto de Reformas al Código Orgánico Integral Penal. El documento se debatirá en el Pleno de la Asamblea Nacional mañana jueves, 15 de febrero del 2024.

Una de las modificaciones que se plantea en el documento es al artículo 61 sobre la expulsión y prohibición de retorno al territorio ecuatoriano a los ciudadanos extranjeros. Específicamente de quienes cometieron delitos graves sancionados con pena privativa de libertad mayor a cinco años.

Actualmente la normativa establece quienes ya cumplieron con su condena, tienen prohibido retornar al país en un lapso de 10 años. En caso de aprobarse la reforma la prohibición subiría a 20 años. Penalistas aseguran que la enmienda es necesaria, pero poco profunda.

Para el abogado Julio César Cueva, la medida no tendría mucho efecto, pues quienes cometen delitos ingresan nuevamente al país por pasos fronterizos ilegales. Una sugerencia es que esta política se complemente con la implementación de políticas públicas y administrativas.

Lea también:

Cristopher Gallegos, abogado penalista, explica que entre las medidas se podría fortalecer el control fronterizo, revisar el estatus migratorio de quienes ya viven en Ecuador, entre otros.

Los expertos también proponen que en la reforma la prohibición se aplique no solo a quienes han cometido delitos con penas mayores a cinco años, sino a todos. Cueva menciona que la prohibición debería ser proporcional al tipo de delito.

Por su parte Gallegos indica que debe haber excepciones por ejemplo para quienes cometen delitos culposos en materia de tránsito.

También en Teleamazonas: