Jéssica Jaramillo comenta sobre medidas cautelares a favor de Jorge Yunda

Jorge Yunda considera que su remoción como alcalde de Quito está suspendida, debido a recientes resoluciones a su favor. Esto, tras la decisión del juez Carlos Soto, de la unidad civil norte de Pichincha de otorgarle medidas cautelares.

Jéssica Jaramillo, representante del frente de profesionales «Dignidad Quito» analiza estas resoluciones a las que considera ‘contrarias a derecho’.

En el espacio de entrevistas ‘Los Desayunos 24 Horas’, Jaramillo comentó que el artículo 27 de la Ley Orgánica de Control Constitucional «establece claramente que no se puede entregar medidas cautelares frente a una ejecución de una resolución en el ámbito judicial».

«La propia Corte Constitucional ha emitido criterios respecto a la imposibilidad de emitir medidas cautelares autónomas frente a un acto. En este caso, el acto vigente y en firme es la resolución del Concejo Metropolitano que remueve del cargo a Jorge Yunda. Ante esa resolución no existe elemento que pueda darla de baja. Esa resolución sigue en firme y ratificada por el Tribunal Contencioso Electoral», dijo Jéssica Jaramillo.

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Y agregó que llama la atención la agilidad con la que actuó el juez de la unidad civil a favor de Jorge Yunda. «Es un proceso que se ingresa a las 8 de la mañana, se rotula como cobro de honorarios profesionales y no como una Acción Constitucional. Al hacerlo así, derivan el proceso directamente a una unidad civil. Es decir, inducen a que una unidad civil se haga cargo de este proceso. Ahí hay un primer error», afirma.

Luego, desde las 8 de la mañana hasta las 12 de la tarde hay una serie de actos procesales, indicó. «Se dispone, inclusive al secretario de la unidad que extraiga el documento digital desde el sistema Satje, la sentencia de la jueza Domínguez. También permiten agregar dos flash memory dentro de este proceso», recalcó.

«Con esto, lo que el juez hizo es trabajar exclusivamente para este caso, lo cual llama muchísimo la atención. A partir de las 3 de la tarde ya emite la resolución contraria a derecho, contra norma expresa, una medida cautelar autónoma. Esta deberá ser revocada», comenta Jaramillo.

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