Por resoluciĆ³n de la Agencia Nacional de TrĆ”nsito (ANT), queda prohibida la circulaciĆ³n de dos personas a bordo de una motocicleta.
Una vez publicado el Reglamento en el Registro Oficial, solo una persona podrĆ” circular en motocicletas, a excepciĆ³n de los siguientes casos
-CĆ³nyuge o conviviente en uniĆ³n de hecho
-Hijos o hermanos
-Personas con discapacidad
-Adultos mayores
-Mujeres
-Menores de 12 aƱos
Robos
SegĆŗn la ANT, āel objetivo es normar las condiciones generales de la capacidad permitida de personas que se movilizan en este tipo de vehĆculos, ante los hechos delictivos que se registran en el paĆsā.
De acuerdo a un informe de la PolicĆa Nacional, en el primer trimestre de este aƱo, en promedio se cometieron tres robos al dĆa a bordo de motocicleta solo en Quito. Mientras que en Guayaquil el 60% de los delitos se cometieron de esa manera. Asimismo, un total de 220 muertes violentas se perpetraron bajo la modalidad de dos personas en motocicleta.
El director ejecutivo de la ANT, AdriĆ”n Castro, informĆ³ que se facultarĆ” a los Municipios, Mancomunidades o Consorcios para que establezcan reglas complementarias, siempre que garanticen la seguridad de los ciudadanos y sus medidas se sustenten en informes tĆ©cnicos, estadĆsticos y en el anĆ”lisis de su realidad local.
Le contamos los detalles en el siguiente video
Con informaciĆ³n de www.ant.gob.ec