Requisitos, salarios y cómo se conformaría la Asamblea Constituyente en Ecuador
Los ecuatorianos irán a las urnas el domingo 16 de noviembre de 2025 para decidir si se convocará a una Asamblea Constituyente.

El presidente Daniel Noboa promovió la consulta popular para decidir si conformar una Asamblea Constituyente.
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Actualizada:
13 nov 2025 - 11:19
Los ecuatorianos irán a las urnas este domingo 16 de noviembre de 2025 para decidir si conformar una Asamblea Constituyente, una iniciativa del presidente Daniel Noboa.
La convocatoria de Noboa fue realizada a través del Decreto Ejecutivo 153 e incluye el estatuto para la elección, instalación y funcionamiento de la Asamblea Constituyente.
El cuerpo colegiado será el encargado de redactar una nueva Constitución para Ecuador, en caso de que se apuebe su conformación en las urnas.
El estatuto difundido por el Gobierno establece que la Asamblea Constituyente estará conformada por 80 integrantes titulares con sus respectivos suplentes.
Los asambleístas constituyentes estarán divididos así:
- 52 asambleístas provinciales
- 22 asambleístas por lista nacional
- 6 asambleístas del exterior, repartidos en tres zonas: Europa–Asia–Oceanía, Estados Unidos–Canadá, y América Latina–Caribe–África, con dos escaños cada una.
Requisitos
Los asambleístas serán elegidos a través de la votación popular en las urnas.
Para postularse a un cargo de asambleísta constituyente se deben cumplir con los mismos requisitos que para ser legislador:
- Tener nacionalidad ecuatoriana, por nacimiento o naturalización
- Tener 18 años al momento de inscribir la candidatura
- Estar en goce de los derechos políticos
Salario
Los asambleístas constituyentes recibirán el mismo salario que los asambleístas nacionales desde el primer día de sesión oficial.
El salario fijado en la actualidad es de 4 759 dólares mensuales. En seis meses cada asambleísta recibirá 28 554 dólares.
El Estado desembolsará hasta tres millones de dólares en sueldos para los asambleístas constituyentes si se prorrogan en funciones.
Además, los asambleístas contarán con un equipo de asesores y personal de apoyo. Se les paga también viáticos y gastos operativos.
Convocatoria
De arpobarse en las urnas, la Asamblea Constituyente será convocada dentro de los 90 días posteriores a la proclamación de resultados de la consulta popular.
La sede para su instalación será determinada por la autoridad electoral, misma que establecerá un calendario para todo el proceso.
Nueva Constitución
La Asamblea Constituyente funcionaría por 180 días que podrían prorrogarse por una sola vez por un plazo de 60 días. Para hacerlo se deberá contar con la aprobación de dos tercios de sus miembros.
La nueva Constitución debe ser aprobada en el pleno y luego remitida al Consejo Nacional Electoral (CNE) para que los ecuatorianos voten en un nuevo referéndum.
Una nueva Carta Magna solo podrá ser aprobada por la mayoría de los votantes en un proceso democrático. Si se rechaza se mantedrá vigente la Constitución de 2008.
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