No acompañantes, más tiempo… Aeropuerto de Quito toma medidas de seguridad por conflicto armado interno en Ecuador

El Aeropuerto Internacional Mariscal Sucre de Quito informó este martes 9 de enero de 2024 que se tomarán medidas para resguardar la seguridad de pasajeros, usuarios, personal aeroportuario, instalaciones y operaciones aéreas. Esto, tras la declaratoria de conflicto armado interno en Ecuador.

A través de un comunicado, el Aeropuerto informó que las medidas se aplicarán en coordinación con el Gobierno Nacional, la Dirección General de Aviación Civil y el Municipio de Quito.

Las operaciones aeroportuarias se mantienen abiertas, pero únicamente podrán acceder a la terminal aérea los pasajeros que porten sus documentos de viaje. Estos son pasaporte o cédula de ciudadanía y boleto aéreo o pase de abordar.

Los vehículos sí podrán ingresar a los estacionamientos del aeropuerto. Mientras, las personas que necesitan retirar o dejar a un pasajero no podrán ingresar a la terminal del Mariscal Sucre. El servicio de taxis del aeropuerto se mantiene operativo.

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No se permitirá el ingreso de familiares u otros visitantes a la terminal para dejar o recibir pasajeros. Tampoco se permitirá la aglomeración de personas en los andenes de la terminal de pasajeros.

Además, desde la terminal aérea se informó que se reforzará el control y revisión a pasajeros y equipajes. También se efectuarán revisiones aleatorias a los vehículos antes del ingreso al aeropuerto y se solicita al pasajero que no deje abandonadas sus pertenencias o su equipaje de mano.

En su comunicado, el Aeropuerto recomienda a los pasajeros dirigirse al aeropuerto con mayor anticipación en previsión de estos controles adicionales. «También recomendamos a los pasajeros mantenerse informados por canales oficiales y confirmar el estado de sus vuelos con sus aerolíneas».

Si un vuelo fue cancelado es importante que no se acuda al aeropuerto, ya que no se permitirá el ingreso a la terminal, informó el Mariscal Sucre.

Durante el toque de queda, los viajeros que deban trasladarse desde y hacia el aeropuerto pueden circular con sus documentos de viaje: pasaporte o cédula y boleto aéreo o pase de abordar.

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