Corte Constitucional aprobó cuatro preguntas pendientes de referéndum de Daniel Noboa

La Corte Constitucional aprobó las cuatro preguntas de referéndum propuestas por el presidente Daniel Noboa, que estaban pendientes. En conjunto con las seis de consulta popular aprobadas el 26 de enero del 2024, 10 preguntas serían las que consten en la papeleta.

El 5 de febrero del 2024, las cuatro preguntas de referéndum pasaron el segundo filtro necesario de la Corte. El alto tribunal concluyó que los temas de referendo se plantearon adecuadamente. Significa que los anexos guardan conformidad con el texto de las preguntas.

No obstante, el Primer Mandatario deberá acoger los cambios planteados por los magistrados los cuales, en su mayoría, implican la eliminación de palabras o párrafos completos de anexos y considerandos. El objetivo, señaló la Corte, es garantizar claridad al electorado.

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Estas son las preguntas aprobadas por la Corte:

  • ¿Está usted de acuerdo con permitir la extradición de ecuatorianos, con las condiciones, requisitos, restricciones e impedimentos establecidos en la Constitución, los instrumentos internacionales y en la Ley?
  • ¿Está usted de acuerdo con el establecimiento de judicaturas especializadas en materia constitucional, tanto en primera como en segunda instancia, para el conocimiento de las garantías jurisdiccionales que les corresponda?
  • ¿Está usted de acuerdo que el Estado ecuatoriano reconozca el arbitraje internacional como método para solucionar controversias en materia de inversión, contractuales o comerciales?
  • ¿Está usted de acuerdo con que se regule los contratos de trabajo a plazo fijo y por horas, cuando se celebre por primera vez entre el mismo empleador y trabajador, sin afectar los derechos adquiridos de los trabajadores?

Estas interrogantes se suman a las seis de consulta popular aprobadas el 26 de enero.

Sin embargo, el número exacto de preguntas que lleguen a la papeleta se conocerá cuando el presidente Daniel Noboa emita el decreto ejecutivo; con el cual se ordena al Consejo Nacional Electoral (CNE) convocar a las urnas.

El CNE tendrá 15 días, a partir de la emisión del decreto, para convocar a elecciones y otros 60 días para el desarrollo del proceso electoral.

Seis preguntas de la consulta popular aprobadas

  • ¿Está usted de acuerdo con que las Fuerzas Armadas realicen control de armas, municiones, explosivos y accesorios, permanentemente, en las rutas, caminos, vías y corredores autorizados para el ingreso a los centros de rehabilitación social?.
  • ¿Está usted de acuerdo con que se incrementen las penas de los delitos de: (i) terrorismo y su financiación, (ii) producción y tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, (iii) delincuencia organizada, (iv) asesinato, (v) sicariato, (vi) trata de personas, (vii) secuestro extorsivo, (viii) tráfico de armas, (ix) lavado de activos y (x) actividad ilícita de recursos mineros, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta 4?”
  • ¿Está usted de acuerdo con que las personas privadas de la libertad cumplan la totalidad de su pena dentro del centro de rehabilitación social en los delitos detallados en el Anexo de la pregunta 5, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme consta en el referido Anexo?.
  •  ¿Está usted de acuerdo con que se tipifique el delito de tenencia o porte de armas, municiones o componentes que son de uso privativo de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional, sin afectar a las armas de fuego permitidas para uso civil, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta 6?.
  • ¿Está usted de acuerdo con que las armas, sus partes o piezas, explosivos, municiones o accesorios que fueron instrumentos u objeto material de un delito, puedan destinarse al uso inmediato de la Policía Nacionalo las Fuerzas Armadas, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta 7?”
  •  ¿Está usted de acuerdo con que el Estado proceda a ser el titular (propietario) de los bienes de origen ilícito o injustificado, simplificando el procedimiento de la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, conforme el Anexo de la pregunta 9?.
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