El Gobierno Nacional anunciĆ³ que inicia el ingreso de solicitudes de la Visa de Residencia Temporal de ExcepciĆ³n (VIRTE) vinculada a la segunda etapa del proceso de regularizaciĆ³n extraordinaria implementada por el Ecuador.
Esta etapa estĆ” dirigida a ciudadanos extranjeros no venezolanos (quienes ya participaron a travĆ©s de la primera etapa) que hayan ingresado al Ecuador regularmente, a travĆ©s de los puntos de control migratorio oficiales, hasta el 16 de septiembre de 2022Ā y que se encuentren en situaciĆ³n migratoria irregular.
Otras condiciones adicionales son que los solicitantes hayan culminado con el proceso del registro de permanencia migratoria ante el Ministerio del Interior y que no sean considerados una amenaza o riesgo para el Estado.
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Mediante un comunicado de prensa el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana seƱalĆ³ cuĆ”les son los requisitos:
- Solicitud de visa VIRTE, la cual se genera de manera online, ingresando al enlace:
https://visasregularizacion.cancilleria.gob.ec/#/registro-persona, obtenida a travĆ©s del Sistema InformĆ”tico de Visas ā SIV.
- Documentos de identidad: pasaporte, o cĆ©dula de identidad vigentes en caso de los paĆses pertenecientes al Mercosur.
- Certificado que acredite no tener antecedentes judiciales y/o penales y/o policiales en el paĆs de origen y en los que hubiera residido el solicitante durante los cinco aƱos anteriores a su arribo al paĆs, segĆŗn sea el caso.
- Certificado de no registrar antecedentes penales del Ecuador.
- Para niƱos, niƱas y adolescentes, ademƔs, se deberƔ presentar la partida de nacimiento.
En caso de que la documentaciĆ³n requerida, se encuentre en un idioma distinto al espaƱol y se haya realizado en el extranjero, Ć©sta deberĆ” ser traducida, obligatoriamente, por un profesional autorizado y ser debidamente apostillada o legalizada.
Para iniciar el proceso de regularizaciĆ³n, los ciudadanos extranjeros deberĆ”n ingresar a:Ā https://estoyaqui.ec/Ā donde ademĆ”s encontrarĆ”n mĆ”s informaciĆ³n para la obtenciĆ³n del visado VIRTE.
AmnistĆa migratoria
Esta segunda fase se enmarca en el Decreto Ejecutivo No. 698, emitido el 22 de marzo del 2023, que establece una amnistĆa migratoria a los beneficiarios del proceso, a cargo del Ministerio del Interior. Consiste en la eliminaciĆ³n de las faltas y sanciones por irregularidad migratoria y un proceso de regularizaciĆ³n extraordinario que posibilita la solicitud de la visa VIRTE.
AsĆ tambiĆ©n, se ajusta al Acuerdo Ministerial MREMH 000048, del 29 de junio de 2023, que establece los requisitos y procedimientos para la emisiĆ³n de las visas VIRTE a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
AdemĆ”s el Ministerio recuerda que en la segunda etapa se continuarĆ” con la regularizaciĆ³n de niƱas, niƱos y adolescentes no acompaƱados o separados, independientemente de su nacionalidad y forma de ingreso al paĆs.
El visado VIRTE cuenta con una vigencia de dos aƱos, renovable por una sola ocasiĆ³n por igual periodo de tiempo. La visa es gratuita, el solicitante deberĆ” cubrir el costo del formulario de visa $50 y de la orden de cĆ©dula $10.
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Gobierno de Ecuador pide a ciudadanos evitar la migraciĆ³n irregular a EE.UU. Detalles https://t.co/6BnsXAzXVn pic.twitter.com/lFZH6ecww5
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