Así quedó la Ley de Eficiencia Económica de Daniel Noboa aprobada en la Asamblea Nacional

La Ley de Eficiencia Económica y Generación de Empleo fue aprobada por el Pleno de la Asamblea Nacional y espera la ratificación del texto del presidente Daniel Noboa.

El documento establece, entre otras cosas, incentivos para las empresas que generen plazas de empleo y amnistía tributaria para Municipios, Prefecturas y Juntas Parroquiales que tengan deudas con el Servicio de Rentas Internas.

La nueva ley también plantea la condonación del 100% de los intereses, multas y recargos por deudas vencidas correspondientes a créditos educativos otorgados por banca pública, por el Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo (IECE) o el Instituto de Fomento al Talento Humano.

La documento, que se aprobó con 107 votos a favor, entraría en vigencia una vez que se Publique en el Registro oficial. Con esta normativa el Gobierno Nacional espera recaudar cerca de 800 millones de dólares.

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En el tema de empleo, la normativa establece beneficios para las empresas que contraten jóvenes entre 18 y 29 años bajo relación de dependencia. Estas empresas tendrán una deducción adicional del 50 % respecto del gasto de sueldos y salarios sobre los que se haya aportado a la Seguridad Social.

La contratación debe ser de jóvenes graduados o egresados de universidad públicas e institutos superiores técnicos. En esa lista también están los institutos tecnológicos, pedagógicos, de artes y conservatorios superiores o de instituciones educativas públicas, municipales o fiscomisionales.

Este beneficio también aplica para quienes contraten a personas obligadas a pagar pensiones alimenticias. Mientras que, para los contribuyentes que empleen a personas que hayan cumplido una pena privativa de la libertad superior a un año, o a sus cónyuges o parejas en unión de hecho, la deducción será del 75%.

Ese mismo porcentaje aplica a las empresas que reporten un incremento en las plazas de trabajo en los sectores de construcción y agricultura.

Otros beneficios para empresas

Para el fomento del comercio y la producción, la norma establece que los usuarios operadores y usuarios de Zonas Francas gozarán de una tarifa de 0 % de Impuesto a la Renta por los cinco primeros años. Posteriormente, gozarán de una tasa fija de 15 % para el pago del Impuesto a la Renta.

En otros temas también señala que las nuevas inversiones en proyectos turísticos de mínimo 100 mil dólares gozarán de una exoneración del impuesto a la renta de esa inversión por un período de siete años. Al menos el 10 % de los proyectos deberán destinarse al turismo rural.

Asimismo, las nuevas inversiones que se realicen en proyectos enfocados en la transición hacia la generación de energías renovables tendrán derecho a la exoneración del impuesto a la renta por 10 años.

También determina una multa de 1 a 30 remuneraciones básicas unificadas a las personas naturales o jurídicas que no entreguen comprobantes de venta. Además tendrán multa quienes no transmitan a la Administración Tributaria comprobantes de venta electrónicos.

Revise la Ley publicada en el Registro Oficial

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