¿Qué pasa con el toque de queda en Durán, Manabí y Los Ríos?

Tras el asesinato de Fernando Villavicencio, el presidente Guillermo Lasso, decidió declarar estado de excepción en todo el Ecuador por 60 días a través del Decreto Ejecutivo 841. Con ello, se aplicarían cambios en Manabí, Los Ríos y Durán, donde regía esta medida y el toque de queda.

Desde el 24 de julio de este año, luego del asesinato del alcalde de Manta Agustín Intriago, el Gobierno emitió un nuevo estado de excepción para estas tres zonas del país por el incremento de los índices de criminalidad y violencia.

Además, se dispuso el toque de queda desde las 22:00 hasta las 05:00 en Manabí, Los Ríos y Durán con el objetivo de reforzar la seguridad y evitar nuevos hechos violentos.

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Y el 4 de agosto del 2023, el Presidente realizó modificaciones a este decreto para facilitar la movilidad de los actores electorales durante las elecciones anticipadas. Para ello, se otorgó libre tránsito a: las unidades prestadoras del servicio de transporte terrestre público de pasajero interprovincial e intraprovincial, funcionarios electorales, miembros de las juntas receptoras del voto, representantes de las organizaciones políticas, observadores nacionales e internacionales y otras personas acreditadas.

¿Y el toque de queda?

Con el decreto 841 el presidente Lasso derogó los decretos 824 y 836, que establecían un toque de queda en Manabí, Los Ríos y Durán. Esto significa que desde este 10 de agosto del 2023 las tres zonas del país deben ceñirse a las restricciones del estado de excepción nacional.

Estas limitaciones que comprenden: la suspensión del derecho a la inviolabilidad de domicilio y a la inviolabilidad de correspondencia. Asimismo, la Policía y las Fuerzas Armadas pueden disponer requisiciones y están autorizados para hacer uso legítimo y excepcional de la fuerza.

El decreto 841 no contempla toque de queda en Ecuador.

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