Crimen de enfermera en Quito no se investiga como femicidio; ¿qué dice el COIP?

Por Redacción Transmedia Digital |

El atroz crimen de Letty Cando Calva causó conmoción en Ecuador. La enfermera quiteña de 33 años fue violada, apuñalada, desmembrada y su cuerpo enterrado en el Parque Metropolitano Guangüiltagua, en Quito. Johnny Stalyn C. A., fue identificado como el presunto responsable y el caso no se investiga como femicidio.

Según las primeras investigaciones de la Fiscalía General del Estado, la víctima conoció a Johnny Stalyn C. A. en una fiesta la noche del 3 de septiembre. Junto a un grupo de amigos decidieron continuar la noche en la casa de él. Hasta ahí se supo su paradero.

Luego de las pericias y por información de sus vecinos, que lo vieron lavar un colchón con sangre, Johnny Stalyn C. A. fue detenido, se declaró culpable y confesó dónde enterró el cuerpo de la joven.

Él es procesado con base en el artículo 163.1 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en el que se establece una pena de 22 a 26 años de prisión por el delito de desaparición con resultado de muerte.

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Es decir, que no se investiga como un femicidio. Por ello, este crimen puso en la esfera pública el debate sobre los casos en los que la muerte de una mujer se considera o no un feminicidio.

El artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) señala que se trata de un femicidio cuando una persona, como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, dé muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género. Este delito se sanciona con una pena privativa de libertad de 22 a 26 años.

De acuerdo con la norma, existen cuatro causas que pueden ser consideradas como agravantes en casos de femicidio:

  • Cuando el victimario ha pretendido establecer o restablecer una relación de pareja o de intimidad con la víctima.
  • Exista o haya existido entre el victimario y la víctima relaciones familiares, conyugales, convivencia, intimidad, noviazgo, amistad, compañerismo, laborales, escolares o cualquier otra que implique confianza, subordinación o superioridad.
  • Si el delito se comete en presencia de hijas, hijos o cualquier otro familiar de la víctima.
  • El cuerpo de la víctima sea expuesto o arrojado en un lugar público.

En este caso, la Fiscalía informó que encontraron su cuerpo enterrado por partes en una zona boscosa del Parque Metropolitano Guangüiltagua, ubicado cerca de la casa del presunto responsable del crimen. Según información preliminar, la víctima tenía tres puñaladas en el corazón y signos de abuso sexual.

¿Qué dice Protocolo de Fiscalía?

Pese a esos elementos informados por la Fiscalía, el caso no se investiga como femicidio. El Protocolo Nacional para Investigar Femicidios y otras Muertes Violentas de Mujeres y Niñas en Ecuador dice que en estos casos se debe presumir, en todos los supuestos, que se trata de un femicidio, incluido el caso de suicidio.

Asimismo, el Protocolo dice que los contextos femicidas no solo son íntimos, familiares y sexuales, es decir, que no hace falta un vínculo familiar o afectivo previo para considerar el delito. También puede ocurrir un femicidio en contextos de grupo y otros que incluyan razones de género.

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